Calidad de los servicios

La nueva Ley General de Telecomunicaciones (LGTel) en su artículo 69, confiere a la CNMC la competencia para exigir a los proveedores de servicios de acceso a internet y de servicios de comunicaciones interpersonales disponibles al público (como Telefónica, Vodafone, Orange, Másmovil o Digi)  la publicación de información completa, comparable, fiable, de fácil consulta y actualizada sobre la calidad de sus servicios.

Hasta ahora, esta competencia recaía en el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. 

La publicación de unos parámetros de calidad evaluables, fiables y relevantes para el consumidor resulta, sin duda, beneficiosa para la competencia, al permitir que los usuarios puedan tomar sus decisiones de compra con un mayor nivel de información.  


Marco normativo y documentación de desarrollo

En el presente apartado se detalla los documentos de referencia relativos a la medición y publicación de los parámetros de calidad de los servicios de comunicaciones electrónicas.

Marco normativo en vigor:

  • Orden IET/1090/2014, de 16 de junio, por la que se regulan las condiciones relativas a la calidad de servicio en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.

 

Documentación de desarrollo

Informe interactivo calidad de los servicios

Elaboramos un informe interactivo a partir de los datos de la calidad de los servicios medidos y publicados por los operadores que tienen implementado el sistema de medidas de calidad.

Informe interactivo

 

Servicios de comunicaciones electrónicas y parámetros a medir

De acuerdo al marco normativo en vigor los servicios y parámetros que deben medirse y publicarse son los siguientes:

Tecnologías y ofertas comerciales relevantes a medir

El sistema de medidas contempla únicamente la obligación de publicar datos relativos a la velocidad de transmisión de aquellas tecnologías consideradas relevantes para el mercado residencial, siendo éstas las que cumplen los siguientes criterios:

  • Consideradas individualmente, sean empleadas por al menos un 10% del total de los usuarios de servicios de acceso a Internet, así como
  • Todas aquellas pertenecientes al grupo de tecnologías más empleadas que, considerado en su conjunto, incluye al menos al 85% del total de usuarios de servicios de acceso a Internet.

A  estos efectos de acuerdo con los datos aportados por los operadores, las tecnologías relevantes que deberán ser consideradas por los sistemas de medidas para el servicio de acceso a internet son las siguientes:

  • Accesos basados en FTTH
  • Accesos basados en LTE

A su vez dentro de las tecnologías en el servicio de acceso a internet fijo se miden las ofertas comerciales (velocidades) más representativas desde el punto de vista del mercado minorista residencial, siendo estas aquellas que:
 

  • Todas aquellas ofertas comerciales (velocidades) que, individualmente consideradas por cada operador obligado, representen más del 10 % de sus clientes residenciales activos a los que el operador ofrezca servicios mediante las tecnologías consideradas como relevantes.
  • Todas aquellas ofertas comerciales (velocidades), adicionales a las consideradas en el punto anterior, hasta que el total de clientes de los servicios sometidos a pruebas computen, al menos, el 85% de los clientes residenciales totales que el operador atienda mediante las tecnologías consideradas como relevantes en el sistema de medidas.
     

Actualmente, dependiendo del volumen de clientes que tenga contratada dicha velocidad en cada uno de los operadores obligados a publicar sus parámetros de calidad,  las ofertas comerciales del servicio de acceso a internet que se miden son las siguientes:

Servicio acceso internet fijo

  • FTTH 100/100 Mbps
  • FTTH 300/300 Mbps 
  • FTTH 500/500 Mbps
  • FTTH 600/600 Mbps 
  • FTTH 1Gbps/Gbps

Servicio internet móvil

  • 4G

Operadores con obligación de obtener y publicar niveles de calidad

Según el actual marco normativo están obligados a obtener y publicar información sobre los niveles de calidad de servicio los operadores que superen el umbral de facturación anual siguiente:
a)    20 millones de euros en la prestación del servicio telefónico fijo disponible al público.
b)    20 millones de euros en la prestación del servicio de telefonía móvil disponible al público.
c)    20 millones de euros en la prestación del servicio de acceso a Internet fijo disponible al público.
d)    20 millones de euros en la prestación del servicio de acceso a Internet móvil disponible al público.

En la actualidad, de acuerdo con dichos umbrales, los operadores con obligación de publicar información sobre los niveles de calidad son los siguientes:


 

Información publicada por los operadores

En los siguientes enlaces podrá acceder a la información publicada trimestralmente por los operadores relativas a sus datos de calidad de servicio de acuerdo con el modelo común y las garantías establecidas en el marco normativo y su documentación de desarrollo.

Digi       Euskaltel        Jazztel      Lebara       Lyca        Masmóvil       Movistar       

Orange       Pepephone       R       Simyo       Telecable      Vodafone     Yoigo