Sancionadores
Nos corresponde el ejercicio de la potestad sancionadora ante las siguientes infracciones:
- Infracciones muy graves:
- El incumplimiento de las resoluciones firmes y medidas cautelares dictadas por la CNMC en el ejercicio de sus funciones en materia de comunicaciones electrónicas.
- El incumplimiento grave de las obligaciones en materia de acceso, interconexión e interoperabilidad a las que estén sometidos.
- El incumplimiento grave de las características y condiciones establecidas en materia de portabilidad.
- Infracciones graves:
- La negativa o la obstrucción a ser inspeccionado, o la no colaboración con la inspección.
- El incumplimiento tardío o defectuoso de las resoluciones firmes o de las medidas cautelares dictadas por la CNMC.
- El incumplimiento de las obligaciones en materia de acceso, interconexión e interoperabilidad a las que estén sometidos.
- La falta de aportación de información cuando resulte exigible conforme normativa reguladora, transcurridos 3 meses o finalizado el plazo del segundo requerimiento.
- El incumplimiento de las características y condiciones en materia de portabilidad.
- Infracciones leves:
- No facilitar los datos requeridos por la CNMC o retrasar injustificadamente su aportación cuando resulte exigible conforme normativa reguladora.
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