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La CNMC requiere a Televisión Española para que adecúe la calificación y emisión de la serie “Seis Hermanas”
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Audiovisual
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 CRTVE ya ha manifestado su intención de poner en marcha diferentes actuaciones para solventar esta situación. En este caso, el requerimiento sobre calificaciones por edades ha surtido efecto inmediato.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha requerido a Televisión Española (CRTVE) para que adopte las medidas oportunas para una correcta emisión y adecuación de la calificación por edades de los contenidos del programa “Seis Hermanas” (REQ/DTSA/018/15).

Esta serie se emite en La 1 de TVE de lunes a viernes desde las 17:20 horas hasta las 18:30 horas, aproximadamente, con la calificación por edades de “no recomendada para menores de 7 años”.  La CNMC ha analizado varios capítulos y ha llegado a la conclusión de que algunos de los contenidos visionados incurren en supuestos de violencia física, psicológica o doméstica o de graves conflictos emocionales que, por su presencia y tratamiento, no son adecuados para ser vistos por niños menores de 12 años y, por lo tanto, no deben ser emitidos en esa franja horaria de especial protección para los menores (que va de 17:00 a 20:00 horas), de conformidad con lo dispuesto tanto en la LGA como en el Código de Autorregulación.

Hay que recordar que el Código de Autorregulación (verificado por la CNMC) señala una serie de contenidos potencialmente perjudiciales para la infancia que deben ser calificados como “no recomendados para menores de 12 años” en función de su presencia o tratamiento en supuestos como:

  1.  Violencia física, como el uso intencionado de la fuerza física generando daños en la víctima (personas, animales, naturaleza): heridas, lesiones, mutilaciones, muerte o destrucción, tortura, secuestro.
  2.  Violencia psicológica, como el acoso, amenazas, intimidación, chantaje, abuso, aislamiento, o
  3.  Violencia doméstica: física o psicológica entre miembros de una familia. Maltrato infantil o a personas dependientes o  con discapacidad.

CRTVE ya ha manifestado su intención de poner en marcha diferentes actuaciones para solventar esta situación y asegurar que la emisión de los contenidos se adecúe a las franjas de protección establecidas tanto en el Código de Autorregulación de Contenidos Televisivos e Infancia como en el artículo 7.2 de la LGA. En este caso, el requerimiento sobre calificaciones por edades ha surtido efecto inmediato.

 

 

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