- Impone una sanción de 5.000 euros por una infracción leve
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha impuesto una multa de 5.000 euros a la empresa Electro Soporte Comercial y Gestión, S.L.U. por incumplir con la obligación que tienen las empresas eléctricas de prestar una serie de garantías exigidas por el Operador del Sistema (Red Eléctrica de España) (SNC/DE/0127/14).
El artículo 46.1.e) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, impone a las empresas comercializadoras la obligación de prestar las garantías que reglamentariamente resulten exigibles.
El 24 de noviembre de 2014, Red Eléctrica de España (Operador del Sistema Eléctrico) denunció ante la CNMC el incumplimiento por parte de Electro Soporte Comercial y Gestión, S.L.U de la obligación de adquirir la energía necesaria para el desarrollo de su actividad de suministro y de la obligación de prestar las garantías exigidas.
REE requirió a esta empresa una garantía excepcional por valor de 20.000 euros, que no llegó a presentar. Esta solicitud obedeció, esencialmente, a los desvíos apreciados en esta empresa entre la energía que vende a los consumidores y la que compra en el mercado y el riesgo de impago de las liquidaciones que se derivan de tales desvíos.
Tras la instrucción del expediente, la CNMC ha impuesto a Electro Soporte Comercial y Gestión, S.L.U una multa de 5.000 euros, al declararla responsable de una infracción leve, según el artículo 66.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Además, ha impuesto a esta empresa la obligación de depositar las garantías requeridas.
La presente Resolución puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional cuarta, 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
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