Vés al contingut

513/01 - TUBOGAS/REPSOL

Nº Expediente

513/01

Último resultado

Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Última actualización

14 Ene 2013

Tipo

Expediente del TDC

Sector

Conductas

Ámbito CNMC

Competencia

Sectores

E.4020: producción de gas y distribución por tubería (obsoleto) (Reglamento CEE no 3037/90)

Cronología

14 Ene 2013
Sentencia - Desestimación/Inadmisión
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Sentencia

Órgano jurisdiccional: Tribunal Supremo

Fallo sentencia: Desestimación/Inadmisión

Nº Recurso: 366/2007

10 Nov 2009
Sentencia - Desestimación/Inadmisión
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Sentencia

Órgano jurisdiccional: Audiencia Nacional

Fallo sentencia: Desestimación/Inadmisión

Nº Recurso: 366/2007

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar

12 Mar 2009
Resolución del Consejo
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Resolución del Consejo

Contenido Resolución: Cumplimiento

Resumen: La sentencia del Tribunal Supremo 26 de diciembre de 2007 confirma la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 7de febrero de 2005 por la que se declara ajustada a derecho la resolución del TDC de 17 de marzo de 2002, por la que, impone a REPSOL BUTANO, S.A., una sanción de 50 millones de pesetas, es decir, 300.000 euros, al entender que ha quedado acreditada la existencia de una práctica restrictiva de la competencia de las previstas por el artículo 6 de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia, al denegar a las empresas instaladoras de gas asociadas en ASEINGAS la información esencial sobre el mercado de revisiones obligatorias periódicas que transmite a las empresas franquiciadas de Servicio Oficial Repsol Butano.La Dirección de Investigación, a la que corresponde la vigilancia del cumplimiento de las Resoluciones de la Comisión, remitió el 2 de marzo de 2009, informe de grado de cumplimiento de la repetida Resolución, en la que señala que REPSOL BUTANO, S.A. no ha cumplido lo ordenado en el apartado cuarto de la parte dispositiva de la citada resolución, no constando el pago de la multa impuesta.El artículo 104 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que impone a la Administración la obligación de llevar a puro y debido efecto las sentencias firmes, practicando lo que exige el cumplimiento del fallo.En aplicación del citado precepto, el Consejo ordena a REPSOL BUTANO, S.A. el pago de la sanción de 300.000 euros impuesta por la resolución del TDC de 7 de marzo de 2002 en el expediente de referencia y acuerda dar traslado a la Audiencia Nacional en prueba de la ejecución de su sentencia.  

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar

26 Dic 2007
Sentencia - Desestimación/Inadmisión
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Sentencia

Órgano jurisdiccional: Tribunal Supremo

Fallo sentencia: Desestimación/Inadmisión

Nº Recurso: 1907 / 2005

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar

10 Jul 2007
Resolución del TDC
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Resolución del TDC

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar

7 Feb 2005
Sentencia - Desestimación/Inadmisión
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Sentencia

Órgano jurisdiccional: Audiencia Nacional

Fallo sentencia: Desestimación/Inadmisión

Nº Recurso: 192/2002

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar

7 Mar 2002
Resolución del TDC
Icono flecha hacia abajo
Icono X para cerrar

Resolución del TDC

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar