- Impone a la operadora una multa de 16.000 euros
- Orange no presentó el informe sobre cumplimiento de las obligaciones que tiene de financiar películas y series europeas
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a Orange Espagne. S.A.U con una multa de 16.000 euros al declararle responsable de la comisión de una infracción administrativa de carácter leve de Ley General de Comunicación Audiovisual. (SNC/DTSA/029/16/ORANGE).
En julio de 2016, la CNMC inició un expediente sancionador contra Orange, ya que la compañía remitió con más de 300 días de retraso la información que permite a la CNMC comprobar si determinados prestadores del servicios de comunicación audiovisual y de comunicaciones electrónicas han cumplido con la obligación que tienen de financiar determinados contenidos audiovisuales de producción europea.
En concreto, La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a dichas compañías que difundan canales de televisión a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para cine, series de televisión y producciones de animación y documentales. En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%.
Tras la instrucción del expediente, la CNMC ha acreditado que Orange incumplió su deber de presentar el informe en el que se indica la forma en que se ha dado cumplimiento a sus obligaciones de financiar anticipadamente la producción europea de películas cinematográficas, películas y series para televisión, así como documentales y películas y series de animación relativo al ejercicio 2014.
Este hecho supone una infracción de lo dispuesto en el artículo 5.3, en relación con lo dispuesto en el artículo 57.3 de la Ley. En consecuencia, la CNMC ha impuesto a Orange Espagne, S.A.U., de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, una multa por importe de 16.000 euros.
La CNMC recuerda que contra esta Resolución Orange podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
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