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La CNMC sanciona al Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas con 19.400 euros
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Realizó una recomendación colectiva de precios a los miembros del Colegio
  • Según la normativa vigente, los precios en el sector de la abogacía deben ser el resultado del libre pacto entre abogado y cliente

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha multado con 19.400 euros al Ilustre Colegio de Abogados de las Palmas al considerar que cometió una infracción muy grave del Artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, consistente en una recomendación colectiva en materia de precios. (SACAN/31/2013)

El expediente tuvo su origen en una consulta planteada ante la extinta Autoridad de Competencia, que se remitió a la Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la U.E. y al Gobierno de Canarias. Posteriormente, se recibió en dicha Viceconsejería una denuncia particular sobre sobre la aplicación de los criterios de honorarios profesionales establecidos por el Colegio de Abogados de Las Palmas.

Concretamente, dicha Corporación dictó a favor de un colegiado por el cobro de una minuta profesional calculada conforme a los “Criterios Orientadores de Honorarios Profesionales del Ilustre Colegio de abogados de Las Palmas a los efectos de informe a requerimiento judicial en las impugnaciones de tasación de costas y jura de cuentas de los Abogados”.

Además, las modificaciones de estos criterios fueron difundidas a través de su página Web y mediante Circulares, con la posibilidad de convertirse en baremos profesionales que emplean los colegiados a la hora de cobrar sus precios.

Tras las modificaciones legales que introdujo la Ley Ómnibus, todos los acuerdos adoptados en el seno de este tipo de corporaciones (Acuerdos de la Junta de Gobierno, Circulares, Estatutos, etc.) deben respetar la normativa vigente en materia de defensa de la competencia.

Asimismo, los precios en el sector de la abogacía deben ser el resultado del libre pacto entre abogado y cliente, por lo que se presume que están ajustados a derecho siempre que sean el acuerdo entre las partes.
Una vez instruido el expediente, la CNMC considera probado que el Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas cometió una infracción muy grave del Art. 1 de la Ley 15/2007. En consecuencia, le ha impuesto una multa de 19.443 euros.

Además, obliga al Colegio a revisar sus Estatutos, con el fin de que sean acordes con la legislación en materia de Defensa de la Competencia y a difundir entre sus asociados el texto íntegro de esta Resolución por medio de la publicación en su
página web.

Contra la presente Resolución no cabe recurrir en la vía previa administrativa,
pudiendo hacerlo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su
notificación, ante la Audiencia Nacional.

Expediente (SACAN/31/2013)

Nota de prensa

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