- De acuerdo con el análisis y las estimaciones que ha realizado de las principales variables regulatorias del DORA.
- Considera que la propuesta de Aena de aumentar las tarifas un 3,29% anual hasta 2026 en el (DORA) no está justificada.
- La propuesta de la CNMC asegura la sostenibilidad económica de la red aeroportuaria y fomenta la recuperación del tráfico aéreo.
La CNMC ha aprobado la Propuesta de Informe en relación con el segundo Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA II) para el periodo 2022-2026, en el ámbito de sus funciones reguladoras del sector aeroportuario (STP/DTSP/013/21).
El DORA es el instrumento a través del cual se definen las condiciones mínimas necesarias para que las compañías aéreas puedan acceder a las infraestructuras aeroportuarias (pistas de aterrizaje, terminales, etc.) y a una serie de servicios básicos (limpieza, seguridad, handling) de la red de aeropuertos de Aena.
Este documento se define cada 5 años e incluye también una previsión de las tarifas que las compañías aéreas deberán pagar a AENA por la utilización de ciertos servicios. Dichas tarifas se repercuten posteriormente en los billetes de los viajeros a través de las llamadas tasas aeroportuarias.
Reducción de las tarifas
Una vez analizada la propuesta, la CNMC considera que las tarifas de Aena (Prestaciones Patrimoniales Públicas, PPP) deben reducirse en un 0,44% anual durante los cinco años del periodo 2022-2026, en lugar del incremento del 3,29% que propone el gestor aeroportuario.
El informe de la CNMC informe es previo a la elaboración del Documento que la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) elevará a aprobación del Consejo de Ministros. La CNMC, como autoridad independiente, analiza la propuesta que Aena ha consultado con las asociaciones de aerolíneas.
La CNMC analiza en este informe, entre otras cuestiones, las previsiones de tráfico, los estándares de calidad, las inversiones y la estimación de los costes operativos y de capital en que previsiblemente incurrirá el gestor aeroportuario por la prestación de los servicios aeroportuarios.
Análisis de la CNMC
Concretamente, la CNMC ha identificado los siguientes puntos de discrepancia respecto de los parámetros contenidos en la propuesta de Aena:
- Previsiones de tráfico: La CNMC estima, a partir de modelos de tráfico propios y de otros organismos internaciones, que los niveles de tráfico previos a la pandemia del COVID-19 se recuperarán antes de lo indicado por Aena. En concreto, la recuperación se alcanzaría entre el periodo 2024-2025 en vez de en el ejercicio 2026, según estima el gestor. Por otra parte, y respecto al nivel de tráfico que se alcanzará al final del DORA (2026), la CNMC considera que la estimación de Aena puede resultar conservadora.
- Indicadores de calidad: La experiencia acumulada del primer DORA muestra un cumplimiento persistente de los objetivos de calidad. Por ello la CNMC propone actualizar las bandas neutras de penalizaciones e incentivos para determinados indicadores. Además, plantea la posibilidad de actualizar los valores objetivo de algunos de ellos. Por otra parte, y dada la situación de excepcionalidad del sector provocada por la pandemia de COVID-19 que previsiblemente se extenderá durante varios ejercicios del DORA II, se considera razonable que el sistema de incentivos se mantenga en suspenso hasta el momento en que se recuperen los niveles y el mix de tráfico previos a la pandemia.
- Criterios de estimación de costes operativos: La CNMC discrepa de la estimación de los costes operativos para el periodo regulatorio. Se recomiendan ajustes de eficiencia en función del tráfico previsto y el límite de eficiencia recogido en la Ley y otros ajustes relacionados con el alcance en las previsiones realizadas por Aena relativas a los costes de personal, limpieza y seguridad.
- Metodología de cálculo del coste de capital: Sobre el coste de capital, la Comisión propone una alternativa más acorde con la utilizada en otros países de la Unión Europea y otros sectores regulados, según la cual se determina un coste medio de capital antes de impuestos de 6,02% en lugar del 7,68% de Aena.
Como consecuencia de las discrepancias anteriores la CNMC considera necesaria una reducción anual de las tarifas de un 0,44% en lugar del incremento del 3,29% propuesto por el gestor aeroportuario. Con esta reducción, al tiempo que queda garantizada la sostenibilidad económica de la red aeroportuaria en el periodo del segundo DORA, se fomentará la recuperación del tráfico aéreo tras el impacto derivado de la crisis sanitaria y económica provocada por la pandemia COVID-19.
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