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La CNMC publica su informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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La CNMC efectúa una serie de recomendaciones desde la óptica de la competencia efectiva y la regulación económica eficiente, si bien valora positivamente la normativa 

La CNMC ha publicado su informe sobre el Proyecto de Real Decreto (PRD) por el que se desarrolla la Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito. La Ley y el PRD conjuntamente articulan el sistema de recuperación y resolución de entidades de crédito y servicios de inversión y modifican el régimen del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito en línea con la normativa comunitaria. (IPN/CNMC/0017/15)

 
El sistema de recuperación y resolución de entidades de crédito contribuye de una manera decisiva a la solución de diversos fallos de mercado que se han puesto de manifiesto desde el principio de la crisis financiera y que han tenido graves efectos distorsionadores de la competencia en el mercado. 

 Dos son las principales contribuciones por parte de la normativa analizada: 

Por un lado, el mecanismo de recapitalización interna o bail-in, que limita la garantía implícita del Estado a las entidades de crédito, internaliza los costes asociados a la gestión del riesgo y contribuye a un reparto de cargas más justo entre los participantes del sistema bancario y la sociedad, minimizando el uso de recursos públicos.

Por otro, la atenuación del vínculo entre el Estado y las entidades de crédito en cuanto al rating y el coste de financiación, contribuye a crear un escenario en el que las entidades puedan competir entre sí en igualdad de condiciones. Este vínculo ha tenido un efecto perverso sobre la competencia en el sector financiero en el marco de la Unión Europea durante los últimos años, perjudicando a las entidades sólidas de los países fiscalmente percibidos como más débiles y beneficiando a aquellas entidades en dificultades pero situadas en Estados percibidos como fiscalmente sanos, provocando una dinámica centro-periferia muy problemática en términos de mercado interior.

El PRD objeto del informe se valora en general positivamente, aunque la regulación contenida en algunos aspectos puede resultar problemática desde el punto de vista de la promoción de la competencia y regulación económica eficiente. Cabe formular, a este respecto, varias recomendaciones de mejora:

  • Debería limitarse la discrecionalidad de las autoridades competentes en temas como la modulación de la aplicación de la normativa a las distintas entidades o la fijación de las cuotas de contribución al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), concretando en la medida de lo posible los criterios aplicables a fin de reducir la inseguridad jurídica para los operadores. 
  • Habría que ajustar el tratamiento de las ayudas de Estado para atajar la asimetría en su tratamiento normativo en función de si son otorgadas por el FROB o por el FGD. La Comisión Europea se ha pronunciado en diversas ocasiones indicando que las ayudas a entidades del FGD pueden ser ayudas de Estado, por lo que habría que garantizar que se ajustan a la normativa aplicable a éstas.
  • Se recomienda asimismo introducir referencias concretas a principios relacionados con el Derecho de la Competencia y con la normativa que rige la contratación pública, tales como los de publicidad y concurrencia, en la regulación de los procedimientos establecidos en la norma para solicitar la prestación de servicios en el mercado.

 

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Economía y Competitividad, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC, en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC.

 

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