La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con 528.373 € a Mediaset por el incumplimiento del artículo 18.2 de la LGCA al haber emitido publicidad encubierta de productos relacionados con la salud en el programa “Sálvame Naranja”.
En concreto, durante la emisión del programa “Sálvame Naranja” emitido los días 11 y 30 de junio de 2015 se difundió un microespacio de carácter divulgativo relacionado con la salud, denominado “Aprende a cuidarte”, protagonizado por el Doctor Gutiérrez, junto con el presentador del programa. En ningún momento de la emisión del microespacio se advirtió de su tratamiento como publicidad ni apareció ninguna sobreimpresión en ese sentido. La CNMC considera que existe una clara vinculación entre los consejos impartidos en los microespacios de salud y las telepromociones, mediante fórmulas que reenvían de manera obvia a los productos promocionados posteriormente en el mismo programa. Por tanto, esta forma de presentación es susceptible de contribuir a generar una confusión o error al telespectador sobre la naturaleza y carácter del microespacio relativo a los consejos sobre la salud.
- El artículo 18.2 de la Ley LGCA, prohíbe la publicidad encubierta: “Está prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.
Contra esta decisión, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.