- En las cadenas de televisión La 1, La2, 24H, Clan y Teledeporte
La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha abierto un expediente sancionador contra la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE) por una posible vulneración del artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido campañas de spots de varios productos como si se tratase de autopromociones de productos derivados de algún programa.
Los productos que se publicitaban en estas campañas eran productos de uso infantil a los que se les añadía el nombre “Clan”, aunque no se aprecia una asociación directa o una vinculación o identificación con ningún programa concreto del que puedan derivar y, por tanto, no estarían incluidos en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE.
Estas comunicaciones comerciales tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La2, 24H, Clan y Teledeporte, entre octubre de 2016 y enero de 2017.
RTVE dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.
Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC
El texto íntegro de la resolución aprobada por el Consejo se publica en la página web de la CNMC, una vez eliminados los elementos de confidencialidad, y se puede consultar mediante el vínculo que figura en la nota de prensa
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