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La CNMC publica el Informe sobre el Proyecto de Real Decreto que modifica la normativa que afecta a la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Sector: Nota de prensa
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  •  Existe una base de datos nacional en la se registran todas las ayudas públicas y subvenciones otorgadas por las Administraciones Públicas

 

  • Su reforma mejora la transparencia, tal como ha defendido la CNMC, y está en línea con la normativa europea y nacional.

 

  • La CNMC plantea mejoras para que la información publicada y registrada sea más exhaustiva, se evite la dispersión de los datos y se mejore su tratamiento estadístico.

 

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado su informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se reforma el Reglamento de la Ley General de Subvenciones en materia de Base de Datos Nacional de Subvenciones. En la actualidad, existe una base de datos nacional de ayudas públicas en la que se registra y pública este tipo de información. IPN/CNMC/005/17.

La concesión de ayudas públicas por parte de las Administraciones  es una forma de intervención pública en la economía que si no se utiliza adecuadamente puede alterar el funcionamiento de los mercados. Por ello, la CNMC considera que la reforma propuesta del RD 887/2006, de 21 de julio, en materia de Base de Datos Nacional de Subvenciones, es positiva, ya que incluye una mayor transparencia, tal como ha propiciado la normativa europea y nacional. Además, facilita la supervisión y control de las ayudas públicas y, en consecuencia, que los recursos públicos se gestionen de forma más eficiente.

En todo caso, la CNMC considera que la tramitación del Proyecto de Real Decreto se debe aprovechar para llevar a cabo una reforma más profunda de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones:

 

  • Deben registrarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarse en el marco del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones los datos relativos a todas las ayudas de Estado, incluyendo las ayudas exentas de notificación (que ya se registran y publican), las ayudas sujetas a notificación previa (que requieren una autorización de la Comisión Europea) y las ayudas “de minimis”.
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  • Igualmente, deben registrarse las incidencias sobre la declaración de incompatibilidad o presunta ilegalidad de las ayudas así como las relativas a los expedientes de recuperación. En la publicación de estos datos debe graduarse la información que se hace pública en función del momento procesal, la sensibilidad y la posible publicidad por otras vías. 
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  • Sería aconsejable una mayor coordinación de las fuentes que manejan información sobre ayudas y subvenciones para evitar duplicidades, ineficiencias e inconsistencias innecesarias, por ejemplo, se deberían vincular el Registro de Ayudas de Estado de la Comisión Europea, la base de datos de ayudas de Estado de la CNMC y la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

A pesar de que la página centralizada de convocatorias es de gran ayuda para particulares y empresas, la Base de Datos Nacional debería ir más allá y permitir el tratamiento estadístico de la información, de gran utilidad, por ejemplo, para la evaluación de las ayudas públicas.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud de la Intervención General de la Administración del Estado, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en el proceso de elaboración de normas, en aplicación del artículo 5.2.a) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

IPN/CNMC/005/17

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