Somos CNMC
La CNMC promueve y defiende el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas.
En el marco de la regulación ex ante de mercados imponemos determinadas obligaciones específicas a los operadores designados con poder significativo de mercado en los mercados de referencia correspondientes, entre las que podrán incluirse:
Aprobamos y revisamos las ofertas de referencia que incluyen las condiciones técnicas y económicas bajo las que el operador designado con poder significativo de mercado presta los servicios mayoristas regulados a los demás operadores; para la mayoría de estas ofertas también fijamos y los precios de acceso a la red del operador con poder significativo de mercado.
Desde el 21 de noviembre de 2024, fecha de efectividad de la Resolución OFE/DTSA/002/23, queda suspendida la obligación de Telefónica de atender las solicitudes de interconexión en TDM y de publicación de la OIR-TDM.
Oferta de InterconexiónAnexo I AGI OIR TDMAnexo de los servicios de terminación Anexo de los servicios de acceso
Desde el 27 de enero de 2025 queda suprimida la obligación de Telefónica de prestar el servicio de acceso mayorista a la línea telefónica sobre accesos de cobre (AMLT) y de publicación de la oferta de referencia, conforme a la Resolución ANME/DTSA/001/23 MERCADO 2/2007.
Oferta de Acceso Mayorista a la Línea Telefónica (AMLT) de Telefónica de España SA
Desde el 27 de enero de 2025 queda suprimida la obligación de Telefónica de prestar los servicios de acceso u originación de llamadas y su publicación en la OIR-IP, conforme a la Resolución ANME/DTSA/001/23 MERCADO 2/200
Anexo de los servicios de acceso de la oferta de referencia OIR-IP de Telefónica S.A.U.