- La CNMC analiza la futura normativa que regulará las condiciones para ser profesor y director de autoescuela.
- Considera que los profesores no deberían tener que solicitar una autorización cada vez que cambian de autoescuela.
- Aconseja aplicar el “test de proporcionalidad”, obligatorio para evaluar los requisitos para ejercer cualquier profesión en la Unión Europea.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el proyecto normativo (PRD) que modificará el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores aprobado por el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre y el Reglamento general de conductores aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo (IPN/CNMC/012/23).
El texto plantea dos posibilidades para ser profesor de autoescuela: la vía tradicional, es decir, superar pruebas convocadas por las autoridades de tráfico; u obtener el título de técnico superior en formación para la movilidad segura y sostenible.
Análisis de la CNMC
La nueva normativa debe adecuarse al “test de proporcionalidad”, que analiza si se cumplen los principios de buena regulación (necesidad y proporcionalidad). Es un test obligatorio para todas las normas que regulan el acceso y ejercicio de profesiones en la Unión Europea. Además, la CNMC realiza las siguientes recomendaciones:
- Personal directivo de autoescuelas: eliminar la exigencia de un certificado de aptitud como docentes, ya que no ejercen funciones docentes.
- Doble exigencia de autorización de ejercicio y certificado de aptitud: simplificar el régimen de autorización para acceder a las actividades de director y profesor de autoescuela, y de profesor especialista del título de técnico superior.
- Validez de la autorización del profesorado especialista en el título de técnico superior en formación para la movilidad segura y sostenible: no obligar al profesor a solicitar una nueva autorización cada vez que deje de prestar servicios en un centro.
- Homologación al ámbito civil del Título de Profesor-Director y de Instructor o Monitor de Escuela de Conductores del Ministerio de Defensa: justificar la exigencia de tres años de experiencia en el ámbito de la formación para los aspirantes a ejercer de directores o profesores de autoescuela en el ámbito civil, y la exigencia de que el profesorado deba haber finalizado su vinculación profesional con las fuerzas armadas.
Este informe se emite a solicitud del Ministerio del Interior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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