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Consulta pública sobre los servicios públicos de transporte de viajeros en ferrocarril
El transporte ferroviario de pasajeros es crucial para la economía y para el bienestar, al ser más sostenible y seguro que otros medios y de uso generalizado. Según datos del INE, en 2023 sumó 533,6 millones de pasajeros en España, transportados a través de una red de 15.615 km y cerca de 11.000 trenes diarios, siendo la mayoría de los trayectos de cercanías y media distancia.
El sector se encuentra en plena transformación. Tras la apertura a la competencia del transporte de mercancías en 2005, en diciembre de 2020 el transporte de pasajeros en alta velocidad y larga distancia comenzó a abrirse, lo que está teniendo un impacto muy positivo (ver Informe de balance de la liberalización del transporte ferroviario de pasajeros (INF/DTSP/031/2024). El siguiente hito es la introducción de competencia en el transporte de viajeros sujeto a obligaciones de servicio público (OSP), que en España se corresponden con los servicios de cercanías y media distancia. La CNMC ya ha comenzado a examinar los retos que acompañan a esta apertura y a realizar recomendaciones para afrontarlos, recientemente en el IPN/CNMC/014/24 sobre el Proyecto de Orden sobre el régimen de las autorizaciones para prestar servicios ferroviarios de transporte de viajeros sujetos a obligaciones de servicio público.
Dado su gran impacto económico, social y sobre la transición ecológica, y considerando los desafíos que enfrenta, la CNMC ha iniciado un estudio sobre los servicios de transporte ferroviario de pasajeros sujetos a obligaciones de servicio público (ver nota de prensa). El objetivo sería identificar los retos de la apertura a la competencia de estos servicios y plantear recomendaciones para afrontarlos y obtener los mejores resultados en beneficio de la ciudadanía.
Como punto de partida de dicho estudio, la CNMC lanza esta consulta pública.
La consulta pública pretende llegar al mayor número de agentes involucrados en este ámbito a fin de obtener su visión sobre los servicios públicos de transporte de viajeros en ferrocarril y su próxima licitación. Asimismo, responde al objetivo de que los estudios de la CNMC se apoyen en consultas públicas para propiciar la participación de la sociedad en su elaboración, tal y como está contemplado en el Plan Estratégico 2021 – 2026.
El análisis de las respuestas aportadas servirá para identificar elementos susceptibles de mejora, que se incorporarán al estudio y podrán dar lugar a recomendaciones para mejorar los niveles de competencia y eficiencia en los servicios públicos de transporte de viajeros en ferrocarril.
La consulta pública es un proceso transparente que permitirá recibir aportaciones, las cuales serán tenidas en cuenta en la elaboración del estudio. El correo electrónico de contacto de los participantes en la consulta se mantendrá confidencial y no se publicará en ningún caso. El nombre completo del particular o de la institución responsable de la contribución se podrá mantener confidencial si así se solicita expresamente. Pero las respuestas podrán ser publicadas íntegramente, salvo excepciones por motivos de confidencialidad debidamente justificados.
Sólo es obligatorio responder a los campos marcados con un asterisco (*). Al resto de preguntas de la consulta no es obligatorio responder, por lo que se invita a los interesados a centrar sus contribuciones en aquellos apartados donde cuenten con información más relevante, dejando las preguntas donde no se dispone de información o juicio sin contestar o con la opción NS/NC (“no sabe/no contesta”).
En las preguntas abiertas se establece una longitud máxima para la respuesta para asegurar su concisión, por lo que se recomienda incluir referencias o enlaces a documentación que ya sea pública para aligerar la extensión en la medida de lo posible. Si se desea transmitir información adicional, se puede enviar documentación en formato electrónico (pdf, excel, word, etc.) a la dirección de correo electrónico dp.estudios@cnmc.es con el asunto “Estudio OSP de viajeros en ferrocarril”. De nuevo, esa documentación podrá ser publicada íntegramente, salvo solicitud en contrario debidamente justificada por motivos de confidencialidad.