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La CNMC impone multas por valor superior a los 2 millones de € a varios fabricantes de equipos contra incendios por cartelizarse
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: General
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La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 2,13 millones de euros a 6 empresas que operan en el mercado de los equipos contra incendios, por establecer acuerdos de fijación de precios y de reparto del mercado entre 2010 y 2012. 

El inicio de la investigación tuvo su origen en una solicitud de clemencia presentada  por una de las empresas del cártel (TODOEXTINTOR SL.) el día 26 de julio de 2012, en la que se ponía de manifiesto la existencia de posibles prácticas anticompetitivas en este mercado.

A raíz de la información, se inició una investigación en el marco de la cual, el día 27 de noviembre de 2012, se realizaron inspecciones simultáneas en las sedes de varias empresas relacionadas con esta posible infracción. Esta investigación derivó en el inicio de un expediente sancionador contra las empresas implicadas.

En su Resolución de 26 de junio de 2014, el Consejo de la CNMC considera acreditada la existencia de una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, que se produjo entre enero de 2010 y enero de 2012, si bien no todas las empresas participaron durante todo el periodo, ni jugaron el mismo papel en la infracción.

Así, se considera probado que el cártel fue iniciado por tres de las empresas, que además lideraron el cártel y presionaron a las restantes para sumarse a él mediante la amenaza cierta de expulsarles del mercado. En la Resolución, el Consejo de la CNMC aplica un agravante a estas empresas, que se tiene en cuenta de cara al cálculo de la multa impuesta.

Los cárteles se consideran muy perjudiciales para la competencia y los consumidores  y constituyen una infracción muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia. El Consejo de la CNMC en su Resolución considera que éste ha tenido un carácter especialmente dañino, tanto por su extensión geográfica (todo el territorio nacional) como por su alcance económico (debido a la elevada cuota del mercado conjunto de las empresas infractoras).

En su Resolución, el Consejo de la CNMC impone una multa total de 2.136.975 euros a los participantes en la infracción, si bien exime del pago de la multa a la empresa solicitante de clemencia, ya que fue la primera en aportar elementos de prueba que permitieron ordenar el desarrollo de la inspección relativa al cártel.

En concreto, el Consejo ha decidido imponer las siguientes multas:

  1. EXTINTORES FAEX SL.: 417.084 euros
  2. FIRE FOX S.L.: 185.794 euros
  3. GRUINSA GRUPO DE INCENDIOS SA.: 495.161 euros
  4. MACOIN EXTINCIÓN S.L. (actualmente TIPSA CONTRAINCENDIOS S.L.): 616.165 euros
  5. TECNOENVASES S.A. y solidariamente a su matriz MACOIN EXTINCIÓN S.L. (actualmente TIPSA CONTRAINCENDIOS S.L.):                    157.358 euros
  6. TODOEXTINTOR S.L.: 265.411 euros

En su Resolución, el Consejo de la CNMC declara también que TODOEXTINTOR, S.L. reúne los requisitos previstos en el artículo 65 de la Ley 15/2007 por haber aportado elementos de prueba que permitieron el desarrollo de la inspección del cártel, y, en consecuencia, le exime del pago de la multa que le corresponde por su participación en el cártel. 

Asimismo, desestima la solicitud de reducción de multa realizada por la empresa EXTINTORES FAEX S.L. en virtud de que no ha facilitado elementos de prueba que aportaran un valor añadido significativo  a aquellos que la CNMC ya poseía para demostrar el cártel. 

 

Nota de prensa

 

Vídeo de la CNMC sobre el Programa de Clemencia
 

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