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La CNMC autoriza que BP compre 65 estaciones de servicio a Petrocorner con determinados compromisos
Sector: Nota de prensa
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  • BP se compromete a vender una de las estaciones de servicio adquiridas, ubicada en Osorno (Palencia), y con los precios más baratos de la zona.
  • Además, rescinde dos contratos de abanderamiento y suministro en exclusiva con otras dos estaciones de servicio localizadas en Villacastín (Segovia) y Almonte (Huelva).
  • La operación se aprueba con estos compromisos para compensar los riesgos para la competencia de la operación.

La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha acordado, con fecha 13 de diciembre de 2018, autorizar la operación de concentración BP/Petrocorner subordinada al cumplimiento de los compromisos presentados por BP (C/0980/18: BP PETROCORNER).

En concreto, esta concentración consiste en la adquisición por parte de BP Oil España, S.A.U. (BP) del 100% del capital social de Petrocorner Retail, S.L.U. y de Kingbook Inversiones Socimi, S.A., lo que conlleva la compra de 65 estaciones de servicio en España.

La autorización se encuentra subordinada al cumplimiento de una serie de compromisos que se han considerado necesarios para solucionar los problemas de competencia que presentaba dicha compra.

En la mayoría de las zonas (entornos geográficos locales) en los que BP adquiere las estaciones de servicio de Petrocorner no se producen solapamientos, ya que BP no está presente, o bien existe suficiente competencia.

Sin embargo, se han identificado determinados entornos en los que existen riesgos para la competencia debido a la elevada cuota de mercado que tendrá BP tras la adquisición de las gasolineras de Petrocorner. En concreto, se trata de los entornos locales de Osorno (Palencia), Villacastín (Segovia), y Almonte (Huelva).

Estación de servicio de “marca blanca”

En el caso de Osorno, además, BP adquiere una estación de servicio de ‘marca blanca’ o independiente, que se distinguía por presentar los precios más económicos del entorno. Ante el riesgo de incremento de precios en la zona, la CNMC ha establecido que BP deberá cumplir los siguientes compromisos:

En primer lugar, BP debe vender dicha estación a la empresa Hostal Los Chopos, S.A. en un plazo de hasta seis meses desde la autorización de la operación.

Por su parte, la empresa Hostal Los Chopos S.A deberá asumir el compromiso de mantener la estación bajo bandera independiente o, en todo caso, bajo bandera distinta a la de los operadores principales incluidos en la Resolución Anual de la CNMC sobre Operadores Principales.

Además, BP se compromete a no readquirir esta estación en un plazo mínimo de diez años. El compromiso de desinversión de BP a través de un comprador ex ante (“upfront buyer”), ha permitido a la CNMC comprobar previamente la idoneidad y capacidad de dicho comprador para gestionar la estación de servicio de Osorno. Así, se facilita el cumplimiento del compromiso en un tiempo razonable.

Rescisión de contratos en Villacastín y Almonte

En segundo lugar, BP se compromete a rescindir los contratos de abanderamiento y suministro en exclusiva que mantenía con dos estaciones de servicio que pertenecían a su red, situadas en los entornos locales de Villacastín y Almonte. Estas rescisiones permiten reducir la cuota de mercado de BP en ambas zonas hasta los niveles previos a la operación de concentración.

Compromiso de no acordar nuevas exclusivas de suministro en Osorno, Villacastín y Almonte

Finalmente, BP se compromete a no alcanzar ningún acuerdo nuevo de abanderamiento o suministro en exclusiva con ninguna estación de servicio que se encuentre en los entornos de Osorno, Villacastín y Almonte durante 5 años desde la autorización de la concentración. Se garantiza así que en esas zonas durante un tiempo razonable tras la concentración la cuota de mercado de BP no se refuerce.

Al igual que en operaciones recientes[1], esta aprobación confirma la importancia del análisis de los entornos locales para asegurar que se mantenga una competencia efectiva en los mismos tras la operación.

Más información sobre el análisis de concentraciones de la CNMC.

[1] C/0890/17 DISA-GESA y C-0835/17 CEPSA/VILLANUEVA/PAZ.

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Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. Se pueden consultar más detalles sobre esta operación en la nota sucinta del caso publicada en la página web de la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.

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