- Las compañías cometieron una infracción muy grave contraria a la Ley General de Telecomunicaciones.
- Obviaron la medida provisional decretada por la Comisión en la que se les recordaban sus obligaciones como operador a raíz del conflicto planteado por otra compañía.
- Impidieron el cambio de operador a varios abonados en el plazo de cinco días, tal y como les ordenaba la Resolución de la CNMC.
- El total de las multas asciende a 329.000 euros.
La CNMC ha multado con 329.000 euros a seis operadores pertenecientes al Grupo Dialoga por una infracción muy grave contraria a la Ley General de Telecomunicaciones. Los operadores incumplieron una medida provisional impuesta por la Comisión derivada de un conflicto de portabilidad que mantenían con otro operador. (SNC/DTSA/051/20).
En concreto, los seis operadores mantenían un conflicto con Colt Technology por no llevar a cabo una serie de portabilidades solicitadas entre abril y diciembre de 2019.
La CNMC adoptó una medida provisional consistente en que los operadores del Grupo Dialoga permitieran como operadores donantes, las portabilidades solicitadas por clientes de Colt, en un plazo de cinco días. En este sentido, la Comisión recordaba a los ahora multados el “derecho de los abonados del servicio telefónico fijo al cambio de operador conservando su numeración o portabilidad”. Dicha medida provisional fue incumplida.
Por ello, la CNMC incoó un expediente sancionador y que ahora resuelve.
En concreto, la Comisión ha considerado que los operadores Dialoga Servicios Interactivos, S.A., Incotel Ingeniería y Consultoría, S.A., Operadora de Telecomunicaciones Opera, S.L., Contacta Servicios Avanzados, S.L., Incotel Servicios Avanzados, S.L. e Internet Global Business, S.L (todos ellos pertenecientes al Grupo Dialoga) cometieron una infracción muy grave tipificada en el artículo 76.12 de la Ley General de Telecomunicaciones.
En consecuencia, la CNMC ha impuesto varias multas que suman un total de 329.000 euros que quedan distribuidas de la siguiente manera:
Las sanciones impuestas por el incumplimiento de las medidas provisionales decretadas por la CNMC son distintas de otras sanciones que puedan derivarse por no realizar las portabilidades a Colt.
La CNMC recuerda que esta resolución pone fin a la vía administrativa, y que contra ella los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
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