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La CNMC recomienda a la Real Federación Española de Fútbol introducir mejoras en sus propuestas de comercialización de determinados derechos audiovisuales de la Copa y la Supercopa
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Señala que las condiciones propuestas no se ajustan plenamente a los requisitos del Real Decreto-ley 5/2015.
  • Sugiere no imponer obligaciones injustificadas ni reservas no previstas en la ley, así como eliminar la discrecionalidad de la RFEF en ciertos aspectos, como en la valoración de requisitos técnicos y profesionales.
     

La CNMC ha emitido tres informes en virtud del artículo 4 del Real Decreto-ley 5/2015, que analizan las condiciones propuestas por la Real Federación Española de Fútbol para comercializar determinados derechos audiovisuales de la Copa de S.M. El Rey en países de la UE y otros países europeos (INF/DC/068/22) y de la Supercopa de España, tanto en el mercado nacional y Andorra (INF/DC/069/22) como en países de la UE y otros países europeos (INF/DC/070/22).

En estos informes, la CNMC realiza las siguientes recomendaciones, entre otras:

  • No incluir facultades, reservas o titularidad de derechos no atribuidos por el Real Decreto-ley 5/2015.
  • No imponer obligaciones relativas a la publicidad que no se encuentran amparadas por la norma y que resultan injustificadas y contrarias al principio de libertad de empresa.
  • Eliminar la discrecionalidad de la RFEF en ciertos aspectos, como en la valoración de requisitos técnicos y profesionales. También en la utilización de precios de reserva sin establecer criterios claros para adjudicar los derechos o iniciar nuevas rondas. Y en la agrupación de licitaciones por países europeos de manera no predecible.
  • Considerar una duración de los contratos acorde a las normas y principios de competencia en el caso de los derechos de la Copa y la Supercopa para países de la UE y otros países europeos.

INF/DC/068/22
INF/DC/069/22
INF/DC/070/22

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