- Se fijaría una tarifa única de 30 euros en estas rutas para todos los viajeros, y se eliminarían las bonificaciones del 50% y otros descuentos para los residentes.
- El transporte quedaría sujeto a una única compañía con unas tarifas de referencia y unas condiciones de frecuencia y ocupación.
- La CNMC considera que la medida del Gobierno balear no se adecua a los principios de libre competencia y regulación económica eficiente.
- La libre competencia entre las distintas compañías debe ser la opción preferente, a no ser que haya un fallo grave de mercado.
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha analizado las implicaciones que tiene para la competencia efectiva y la regulación económica eficiente la propuesta del Gobierno balear de establecer una tarifa plana para las rutas interinsulares. (INF/CNMC/089/17)
En el régimen de tarifas que se aplica actualmente ya existen restricciones a la competencia en forma de Obligaciones de Servicio Público (precios de referencia y condiciones operativas). Sin embargo, las características básicas de la nueva propuesta planteada son las siguientes:
- El precio final de venta al público quedaría fijado en 30 euros por trayecto entre islas y sería válido tanto para viajeros residentes como no residentes.
- La medida propuesta implicaría eliminar el actual descuento del 50% que se aplica a los residentes de las Islas en la tarifa aérea para los trayectos interinsulares, y la supresión del resto de bonificaciones y descuentos.
- En la medida no se especifican las condiciones operativas a las que tienen que responder las compañías aéreas interesadas (frecuencias o asientos).
- El transporte quedaría sujeto a una única compañía con una tarifa plana y unas condiciones de frecuencia y ocupación.
Por todo ello, la CNMC considera que esta propuesta debe reconsiderarse teniendo en cuenta las siguientes observaciones:
- La libre competencia es la opción preferente. Esta permite que si no hay fallos de mercado existan precios más ajustados, mayor calidad, variedad e innovación. Para los consumidores es más favorable que exista un mercado con una competencia potencial y al menos dos operadores que pasar a un mercado con un solo operador y precios fijados por la Administración.
- En estas rutas no se identifica un fallo de mercado que justifique una medida tan restrictiva para la libre competencia como es la fijación de un precio único.
- Tampoco se incluye en la propuesta del Gobierno balear un análisis a fondo de los costes económicos que esta medida tendría, ya que, a diferencia del sistema vigente, prevé compensaciones públicas para la compañía área elegida mediante los Presupuestos Generales del Estado.
- Se recomienda, en cualquier caso, revisar las condiciones del sistema vigente como el nivel de ocupación, las frecuencias, o los parámetros para la fijación de la tarifa de referencia y replantearse si alguna de ellas podría rediseñarse para atraer a más compañías aéreas.
- Sólo si se mostrara que la libre competencia no es posible y fuera preciso fijar determinadas Obligaciones de Servicio Público, éstas deberían aplicarse según los principios de necesidad y proporcionalidad.
- Con independencia de posibles deficiencias en las actuales subvenciones a residentes, no se ha justificado suficientemente la necesidad de cambiar a un modelo de ayuda al viajero no residente. Dicha modificación debería ser objeto de notificación a la Comisión Europea para su análisis, al no encajar en algún supuesto de exención.
La CNMC es la autoridad administrativa independiente reguladora de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Fomento, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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