2697/06: CEPSA ESTACIONES DE SERVICIO, S.A.,

Denuncia

Historial del expediente 2697/06

Resolución del Consejo - Terminación Convencional

Terminación Convencional - La Dirección de Investigación acordó la incoación de expediente sancionador por considerar que los pactos de no competencia suscritos por Cepsa con diferentes estaciones de servicio, suponían infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y del artículo 81 del Tratado de la Constitución Europea.A la vista de los compromisos propuestos por Cepsa, la Dirección de Investigación acordó el 22 de julio de 2008 el inicio de la terminación convencional del expediente.El Consejo de la Comisión Nacional de Competencia analizada la información disponible y la propuesta remitida por dicha Dirección y actuaciones practicadas, considera que los compromisos propuestos por Cepsa solucionan razonablemente el potencial efecto de cierre en el mercado de la distribución de combustibles y lubricantes derivado de la actual exclusiva de suministro de los contratos investigados, por lo que en aplicación de articulo 52 de la Ley de Defensa de la Competencia acordó la terminación convencional del expediente. 

2697_Conductas.pdf

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Acuerdo - Incoación

Incoación - 81 - art. 1a Ley 15/07

NÚMERO

2697/06

Finalizado

ÁMBITO

  • Competencia

SECTORES

  • G.5050: venta al por menor de carburantes para automoción (obsoleto) (Reglamento CEE no 3037/90)