SUCESOS
Resolución del Consejo - Archivo
Archivo - art. 3 Ley 15/07 - Con fecha 5 de julio de 2010, tiene entrada en la CNC escrito de AZORIN PERFUMERIAS III MILENIO S.L. (en adelante AZORIN) por el que denuncia la conducta de Laboratorios LACER S.A. (en adelante LACER) por una supuesta infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistente en la aplicación al denunciante en el año 2010 de descuentos inferiores respecto a los aplicados en años anteriores y respecto a los ofrecidos a sus competidores de Alicante para diversos productos de parafarmacia.AZORIN PERFUMERIAS III MILENIO S.L. es una sociedad mercantil constituida en febrero de 1999, domiciliada en Alicante y dedicada, entre otras actividades, a la venta de productos de parafarmacia directamente al público en sus establecimientos de la ciudad de Alicante. Laboratorios LACER S.A. es una compañía española cuyo objeto social consiste en la elaboración, fabricación y comercialización de productos químicos y farmacéuticos, medicamentos y productos preparados cosméticos de parafarmacia y dermofarmacia. Según LACER, su cuota de mercado en los principales productos de higiene personal en la zona de Levante es inferior al 30%. Para España en productos de higiene personal, incluyendo la distribución a través de gran consumo, se sitúa en torno al 5%, compitiendo con un gran número de operadores con cuotas entre 1 y 8%, muchos de ellos grandes grupos multinacionales presentes tanto en el sector de higiene personal como de farmacia.No se aprecian indicios de que LACER haya infringido la LDC en lo que respecta a su relación con AZORÍN, ni por aplicarle descuentos inferiores en 2010 ni tampoco porque esos descuentos sean distintos de los aplicados a otros competidores. La supuesta discriminación de LACER contra AZORÍN se explica por la política de distribución de LACER que, por otra parte, no tiene por qué ser aceptada por AZORÍN, puesto que la importancia relativa de LACER en la higiene personal en España es reducida (inferior al 5%) y AZORÍN podría recurrir a muchas otras empresas, algunas de ellas importantes grupos internacionales, para obtener productos sustitutivos. Tampoco se parecía que la conducta de LACER haya sido desleal y menos aún puede afirmarse que haya afectado al interés público. Por todo ello, con fecha 15 de noviembre de 2010 la DI elevó al Consejo propuesta de archivo de las actuaciones que dicho órgano confirmó.
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