- La operativa se produjo en el mercado organizado de gas (MIBGAS), entre el 24 de abril y el 18 de mayo de 2023.
- Insertó órdenes de gran volumen que provocaron una caída del precio de venta alrededor de las 17:30 horas, cuando se calculan los índices de precios de referencia del mercado.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con un millón de euros a la empresa Enet Energy S. A. por intentar manipular el mercado organizado de gas (MIBGAS) entre el 24 de abril y el 18 de mayo de 2023. La conducta supone una infracción del artículo 5 del Reglamento (UE) nº 1227/2011 (REMIT). (SNC/DE/043/23).
La compañía, en multiples sesiones de negociación, insertó ofertas de venta, en el entorno de las 17:30 horas, a un precio alejado del que estaban ofertando el resto de los agentes con posición de venta para ese mismo producto y en la misma sesión. Enet Energy introdujo con sus ofertas de venta caídas en el precio que oscilaron entre -2,50 €/MWh, en la sesión del 2 de mayo, y -16,00 €/MWh en la sesión del 17 de mayo, respecto al precio de la oferta de venta inmediatamente anterior de otro agente.
Además, segundos después incluía nuevas ofertas de venta a precios superiores a los que había introducido a través de las ofertas del entorno de las 17:30 horas, modificando en cuestión de segundos la señal de precio que había trasladado al mercado en el momento temporal de referencia —con un incremento de precios sobre su oferta del entorno de las 17:30 que osciló entre +2,00 €/MWh, del 24 de abril , y +12,00 €/MWh, del 11 de mayo—.
Con esta operativa de precios bajos y volúmenes significativamente altos Enet Energy habría tratado de influir sobre los precios de mercado que, a las 17:30 horas, la agencia Icis Heren considera en su metodología para calcular referencia de precio del Punto Virutal de Balance (PVB) del sistema gasista.
La introducción de señales falsas o engañosas sobre el precio de un producto energético al por mayor se corresponde con comportamientos de manipulación del mercado o tentativa de manipulación del mercado, que infringen el artículo 5 del Reglamento (UE) nº 1227/2011, de 25 de octubre de 2011 (REMIT).
La infracción cometida por Enet Energy está tipificada como grave, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.u) de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
La compañía reconoció su responsabilidad y pagó la multa por anticipado, por lo que, conforme al artículo 85.3, en relación con los apartados 1 y 2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), la CNMC aprobó las dos reducciones del 20 % sobre la sanción de un millón de euros y la multa quedó minorada a 600.000 euros.
