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La CNMC informa sobre los planes de accesibilidad que están desarrollando los prestadores audiovisuales, entre ellos, los canales de pago y de vídeo bajo demanda
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Audiovisual
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  • •    La nueva Ley Audiovisual (LGCA) amplía las obligaciones en materia de accesibilidad a los canales de pago y de vídeo bajo demanda.
  • •    Los canales de televisión en abierto han alcanzado un alto grado de inclusión de las medidas de accesibilidad en los contenidos que emiten. 


La CNMC acaba de publicar el informe que detalla las medidas de accesibilidad que han venido implementando los prestadores de comunicación audiovisual de ámbito estatal en los últimos tres años, así como aquellos planes de mejora que pretenden implementar en los próximos ejercicios (INF/DTSA/141/22).


Para su elaboración, la CNMC ha enviado requerimiento de información a 85 entidades que constan inscritas en el Registro Audiovisual para la prestación de servicios de televisión lineal en abierto, en acceso condicional y servicios televisivos a petición (52 prestadores dieron respuesta y los otros 25 no contestaron). 


Más obligaciones para todos
La reciente Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) regula el derecho de las personas con discapacidad visual o auditiva a una accesibilidad universal al servicio de comunicación audiovisual y amplía de forma sustancial, tanto las obligaciones en materia de accesibilidad que venían siendo exigidas, como el conjunto de prestadores audiovisuales con obligación de cumplirlas.  


Así, si las exigencias de accesibilidad tan solo eran aplicables a los canales del servicio lineal de televisión en abierto, con la nueva LGCA, los prestadores de servicios lineales que no se emiten en abierto (canales de pago) y de vídeo bajo demanda, están también sujetos a estas obligaciones (entrarán en vigor el 9 de julio de 2023).


Conclusiones 
Desde que la CNMC realiza el seguimiento del grado de cumplimiento de estas obligaciones (2014), los resultados muestran un incremento significativo en la introducción de servicios de accesibilidad en los contenidos difundidos a través de la TDT de ámbito nacional.


En esta ocasión, en términos generales, y a pesar de que muchos prestadores audiovisuales aún no tienen impuestas obligaciones en materia de accesibilidad, la CNMC ha comprobado que una gran parte de los agentes obligados ya han comenzado o están en fase de implementar medidas para mejorar la accesibilidad de sus servicios en los próximos ejercicios. 


En cuanto a los tipos de servicios de accesibilidad, la mayor parte de los prestadores muestran su interés en priorizar la mejora del subtitulado, mientras que son más residuales las iniciativas que tienen por objetivo mejorar los servicios de audiodescripción y lengua de signos. 


También es destacable la preocupación de una gran parte de los prestadores por mejorar la información en las guías de programas (EPGs) y es que la existencia de medidas de accesibilidad en los contenidos audiovisuales debe de estar ineludiblemente acompañada de una señalización eficaz que informe a los usuarios sobre esa disponibilidad.


La CNMC es el organismo responsable de velar por el correcto funcionamiento del mercado audiovisual. En particular, una de las funciones de la CNMC es “controlar el cumplimiento de las obligaciones impuestas para hacer efectivos los derechos del menor y de las personas con discapacidad”.

 

INF/DTSA/141/22

 

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