- Esta norma pretende adaptar la legislación financiera nacional a los últimos avances normativos europeos y fomentar la innovación en el sector.
- Valora positivamente las novedades que introduce la norma que, en buena parte, recogen recomendaciones del estudio sobre fintech de la CNMC.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido su informe sobre el Anteproyecto de ley de digitalización y modernización del sector financiero (APL), a solicitud del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (IPN/CNMC/011/25).
El sector financiero está sujeto a una intensa regulación debido a su papel clave en la estabilidad económica. Las nuevas tecnologías digitales han impulsado innovaciones importantes en el sistema financiero con la reducción de costes operativos, la creación de nuevos servicios y el desarrollo de nuevas funcionalidades.
En este contexto, el Anteproyecto incorpora medidas orientadas a modernizar el marco normativo y a facilitar la aplicación de nuevas tecnologías como los criptoactivos y el uso de la tecnología de registros distribuidos en el sector financiero o el espacio de pruebas o sandbox financiero. Para ello, se modifican más de una docena de leyes que diseñan el actual régimen jurídico del sistema financiero.
Valoración general: avances alineados con las recomendaciones de la CNMC
La CNMC valora positivamente las reformas propuestas. Muchas de ellas siguen la línea de las recomendaciones realizadas por la CNMC en su estudio sobre fintech de 2018 (E/CNMC/001/18). Destacan especialmente la previsión de nuevas soluciones de pago y digitalización y la actualización del sandbox financiero, sin perjuicio de recoger nuevas recomendaciones en este informe.
Recomendaciones de la CNMC
La CNMC ha identificado en el APL varios aspectos susceptibles de mejora desde la óptica de promoción de la competencia y principios de buena regulación.
- Publicidad de criptoactivos. Implementación de la normativa MiCA (por sus siglas en inglés, Markets in Crypto-Assets): la CNMC recomienda que la exigencia de autorización previa por parte de la CNMV para anunciar criptoactivos se limite a los casos en los que esté debidamente justificada por criterios de necesidad y proporcionalidad. Como alternativas a valorar, se sugiere considerar mecanismos menos restrictivos como declaraciones responsables, notificaciones previas o supervisión a posteriori.
- Actualización del sandbox financiero. La CNMC recomienda:
- Reforzar la transparencia en la información y resolución de dudas.
- Permitir que los proyectos innovadores y estratégicos puedan presentarse en cualquier momento del año.
- Especificar el régimen de caducidad del procedimiento de evaluación y sus consecuencias para los promotores.
- Contemplar la eliminación de tasas también a los promotores que firmen protocolos con autoridades distintas a la CNMV.
- Subrayar que los entornos controlados de prueba no eximen del cumplimiento de la normativa nacional y europea de competencia.
La CNMC puede actuar de manera consultiva, pudiendo ser consultada por las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y las Organizaciones Empresariales y de Consumidores y Usuarios (de acuerdo con el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) o de oficio (de acuerdo con el artículo 5.1.h).