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Informe sobre la previsión de la evolución de los ingresos y costes del sistema eléctrico entre 2015-2020
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Energía
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  • Analiza las previsiones efectuadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en su Propuesta de Orden de ingresos y costes
  • Indica que las previsiones de demanda nacional en barras de central para el periodo 2015-2020 son superiores a las que estima la CNMC
  • Difiere en más de 400 millones sobre los costes de retribución a las renovables

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha publicado el Informe sobre la Propuesta de Orden por la que se aprueba la previsión de la evolución de las diferentes partidas e ingresos del sistema eléctrico para el periodo 2015-2020.  

La Ley 24/2013 establece que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, previo informe de la  Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y la CNMC, debe aprobar con carácter anual una previsión de la evolución de los ingresos y costes del sistema eléctrico para los seis siguientes años.

En cuanto a los cálculos de la demanda, el Ministerio prevé un crecimiento anual de la demanda en barras de central del 1,9%, mientras que la Comisión prevé que la demanda en barras central aumentará en media un 1,7% anual, y la demanda en consumo un 2,1% anual en el periodo 2015-2020. La CNMC considera que frente a las previsiones del Ministerio, que maneja un crecimiento similar de la demanda para cada año y nivel de tensión, las tasas de crecimiento de la demanda serán superiores al final del periodo considerado que al comienzo, y mayores para los consumidores conectados a media y alta tensión que para los consumidores conectados a baja tensión.

Respecto a las previsiones de evolución de la potencia ambas previsiones se aproximan para la primera mitad del periodo (2015-2017), mientras que en la segunda mitad (2018-2020) las previsiones de la CNMC (cercanas al 1%) son superiores a las de la Propuesta (aproximadamente el 0,7%).

En cuanto a la previsión de los ingresos regulados, se observa que, como resultado de la diferente composición de la demanda y la potencia contratada por peaje de acceso, los ingresos por peajes de acceso previstos por la CNMC son ligeramente inferiores a los que resultan de aplicar los peajes de acceso actualmente en vigor a las variables de facturación de la propuesta de Orden. Por el contrario, la previsión de ingresos externos a peajes de la Comisión es superior a la de la propuesta de Orden motivado, fundamentalmente, por la diferente previsión de ingresos procedentes de las subastas de derechos de CO2.

En cuanto a la evolución de los costes regulados, la CNMC señala la incoherencia de aplicar la normativa vigente en el cálculo que se hace en la previsión de la retribución del transporte y la distribución, a pesar de que la Comisión ya remitió en junio de 2014, las nuevas propuestas de valores para estas instalaciones, conforme se establece en el Real Decreto 1047/2013 y 1048/2013, respectivamente.

Por el contrario, en el caso de la previsión que contempla la Orden para las retribuciones específicas de producción en los sistemas no peninsulares, sí que se hacen las previsiones conforme a una normativa que se encuentra en su última fase de tramitación.

Por lo que se refiere a la retribución a la producción con tecnología renovable, cogeneración de alta eficiencia y residuos, la Propuesta de Orden considera una evolución creciente partiendo de 7.100 millones de euros en 2015. La CNMC considera esta cifra elevada y desconoce su justificación, ya que en noviembre de 2014, a petición del Ministerio, la Comisión estimó los costes en  6.683 millones de euros para 2015.

La CNMC considera que para mejorar la transparencia sería necesario incluir en la Memoria de la Orden información detallada sobre las hipótesis que se tienen en cuenta en la previsión de las partidas de ingresos y costes para que los agentes del sistema puedan contar con escenarios alternativos de previsión.

Finalmente, la Comisión considera que la previsión los ingresos regulados de un ejercicio deberían ser suficientes para cubrir los costes previstos en el mismo ejercicio sin que se produzca déficit o superávit. En caso de que apareciera un superávit, debería regularse un mecanismo para el tratamiento de dicho superávit en las liquidaciones provisionales y definitivas.


Nota de prensa

 

Informe sobre la Propuesta de Orden por la que se aprueba la previsión de la evolución de las diferentes partidas e ingresos del sistema eléctrico para el periodo 2015-2020. 

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