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La CNMC incoa expediente sancionador en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca Chevrolet
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados.

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca Chevrolet.
Tras la inspección realizada con fecha 4, 5 y 6 de junio de 2013 en la sede de la empresa de Mistery Shopping El Cliente Indiscreto (nombre comercial de la empresa ANT SERVICALIDAD, S.L.) y la información reservada realizada, la Dirección de Competencia de la CNMC ha observado indicios racionales de la comisión de una infracción prohibida en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).
De conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LDC, ha acordado la incoación de un expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios, condiciones comerciales y de servicio, así como el intercambio de información comercialmente sensible en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca CHEVROLET, contra las empresas ANT SERVICALIDAD S.L. y los siguientes concesionarios independientes distribuidores de la marca CHEVROLET: TURISMOS Y VEHÍCULOS INDUSTRIALES S.A. (TUVISA), ROAUTO S.A., SELIGRAT DE AUTOMOCIÓN S.A. (SELIAUTO), CORREDOR GIL MOTOR, S.A., TALLERES PRIZÁN, S.A., MOTOR ALUCHE S.A., VIÑARCAR, S.A., ROCEÑA DE TURISMOS, S.A. (ROTUSA), AUTOTODO, S.L y ALCARREÑA DE TURISMOS S.L. (ALTUSA), así como contra cualesquiera otras personas o entidades que pudieran aparecer vinculadas con los hechos indicados.
Esta conducta se considera como una infracción muy grave, que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las entidades infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa. La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello se cuenta, entre otros, con el programa de clemenci que permite beneficiar a las empresas que aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC la detección o la comprobación de la existencia de un cartel. Se abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.
Nota de prensa

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