También sobre el borrador de Reglamento Municipal del Mercado de Abastos del Ayuntamiento de Cabra
El establecimiento de barreras de acceso a la actividad económica en el ámbito local es un tema que presenta un especial riesgo en nuestro país debido al elevado número de entidades locales existentes y al grado de autonomía regulatoria de la que se dispone por cada una de ellas a la hora de regular dichas actividades.
En el informe solicitado por el Ayuntamiento de Gijón, la CNMC analiza los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT) y el cuadro de características particulares para la contratación de los trabajos de preparación, reparto y seguimiento de la correspondencia en dicho Ayuntamiento.
En su valoración general, la CNMC señala que a pesar de que la documentación remita estaba incompleta para realizar una valoración global de la licitación proyectada, se realizan consideraciones en torno a la incorrecta exigencia de autorización administrativa general para la prestación de servicios postales no incluidos en el ámbito del servicio postal universal, o a ciertos requisitos de territorialidad considerados discriminatorios y susceptibles igualmente de incumplir igualmente lo preceptuado en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
Por otra parte, en el informe solicitado por el Ayuntamiento de Cabra, la CNMC valora el borrador de Reglamento Municipal del Mercado de Abastos en línea con lo expresado en el Informe sobre la competencia en el servicio de mercados centrales mayoristas de abastecimiento de productos alimentarios perecederos en destino (Informe Mercas, elaborado en enero de 2013).
En concreto, la CNMC señala que a día de hoy, ni en la legislación estatal, ni en la correspondiente autonómica se recoge la reserva de los servicios de mercados y lonjas en favor de los municipios andaluces, por lo que debe revisarse el borrador para garantizar que donde no existe reserva legal, no se imponga una reserva reglamentaria en lo que respecta a la actividad de mercado de abastos en favor del Ayuntamiento de Cabra. Además, en referencia al plazo que el borrador señala para la duración de las concesiones en la explotación de las unidades comerciales en los Mercados Municipales -cincuenta años desde su adjudicación-, la CNMC considera que resulta significativamente desproporcionado ya que supone una exclusión de la competencia por el mercado de un impacto muy significativo, recomendándose su replanteamiento.
Ambos informes, elaborados en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC, serán enviados a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para su conocimiento a los efectos oportunos.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Estos informes se han emitido a solicitud los Ayuntamientos de Gijón y de Cabra, en ejercicio de las competencias de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.