La CNMC propone que las luces de emergencia que sustituirán a los triángulos reflectantes puedan incluir funcionalidades adicionales
- La futura normativa prohibirá expresamente que estas luces incorporen funciones distintas a la señal luminosa y la geolocalización.
- La CNMC señala la necesidad de asegurar la salvaguarda de la libertad de prestación de servicios para su certificación.
- Adicionalmente, señala que deberá asegurarse la neutralidad tecnológica de las comunicaciones de los dispositivos.
La CNMC ha publicado el informe sobre el proyecto de real decreto por el que se regulan los servicios de auxilio en las vías públicas. Esta norma incluye los requisitos técnicos exigibles para la certificación de los prototipos de las luces de señalización V-16: un dispositivo luminoso amarillo colocado en el techo del vehículo inmovilizado y que sustituirá a los triángulos de emergencia utilizados actualmente con esta finalidad. (IPN/CNMC/020/22).
Según la DGT, en el sector de auxilio en carretera operan unos 11.000 vehículos de más de 3.000 titulares, que efectúan a diario numerosas operaciones de ayuda y rescate que entrañan un alto grado de peligrosidad.
Normativa de los servicios de auxilio en vías públicas
El RD 159/2021 que regulaba esta materia ya recogía las medidas que deben cumplir los servicios de auxilio en vías públicas para el rescate de un vehículo que, por avería o accidente, no pueda seguir circulando. Como norma general, la operación de auxilio en carretera (reparación o retirada) debe realizarse de la forma más segura posible para todos los usuarios de la vía.
La reforma permitirá utilizar todos los dispositivos V-16 sin geolocalización hasta el 1 de enero de 2026, siempre que aquellos hubieran obtenido certificación con carácter previo a la publicación del real decreto de referencia.
La norma flexibiliza la realización de operaciones de reparación de ciertos vehículos en la propia vía. Además, establece controles para verificar la seguridad de estos dispositivos en la fase de prototipos y los resultantes mediante un nuevo certificado de verificación periódica del control de producción de los dispositivos V-16.
Valoración de la CNMC
La CNMC valora positivamente este PRD, ya que introduce ciertos ajustes técnicos que ofrecerán mayor seguridad jurídica a los operadores de servicios de auxilio, así como mayor flexibilidad para la realización de operaciones de reparación del vehículo en la propia vía.
Sin embargo, en su informe señala algunos aspectos susceptibles de mejora:
- Eliminar la prohibición de funcionalidades adicionales en los dispositivos V-16. Recomienda que la regulación garantice el estricto cumplimiento de los requisitos técnicos señalados pero que no impida la posibilidad de introducir otras funcionalidades en los dispositivos que, sin poner en riesgo la seguridad, pudieran ser de interés para los usuarios.
- Garantizar la libertad de las unidades de certificación. En relación con el nuevo certificado de verificación periódica del control de la producción de los dispositivos V-16, se debe asegurar la salvaguarda de la libertad de prestación de servicios para su certificación.
- Respetar la neutralidad tecnológica de las comunicaciones. En lo concerniente a la actividad de certificación requerida, de acuerdo con el principio de neutralidad tecnológica, aquella no debe cuestionar la utilización de otras soluciones tecnológicas, siempre que cumplan lo relativo a la efectividad de las comunicaciones y la conectividad de las señales.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio del Interior, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
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