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La CNMC autoriza, sujeta a compromisos, la fusión por absorción de Liberbank, S.A. por Unicaja Banco, S.A.
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • La CNMC ha analizado los compromisos presentados por Unicaja para solucionar los problemas de competencia derivados de la operación. 
  • Estos afectan a algunas sucursales de la provincia de Cáceres donde la nueva entidad presenta altos índices de concentración.
  • La operación se centra en el mercado de banca minorista y fusiona la séptima entidad bancaria del país y la decimoprimera.
     

La CNMC ha autorizado la fusión por absorción de Liberbank por Unicaja en primera fase. La operación está subordinada al cumplimiento de los compromisos presentados por Unicaja (C/1194/21), dando lugar a la fusión de la séptima con la decimoprimera entidad bancaria del país.

Los efectos de la operación se centran en el sector bancario y, en concreto, en el mercado de banca minorista.

Tras analizar el mercado de banca minorista, la CNMC ha concluido que la operación no supondrá una amenaza para la competencia efectiva en este mercado a nivel nacional porque las cuotas resultantes no son relevantes, la adición (cuota de mercado que añade Liberbank a la nueva entidad) es reducida y existen competidores importantes.

En todo caso, la CNMC ha detectado que la fusión sí que supone una amenaza para la competencia efectiva en el mercado de sucursales a nivel provincial, en concreto en la provincia de Cáceres. 

Por todo ello, debido a los altos índices de concentración que se alcanzaban en dicha provincia, la CNMC ha llevado a cabo un análisis local identificando los códigos postales (CCPP) donde ambas entidades solapan sus actividades en sucursales. 

Además, la CNMC ha realizado un exhaustivo análisis de cuotas de mercado y número de competidores existentes en los entornos locales más afectados, tomando como consideración un eje de isócronas de 1,5 Km de distancia desde las sucursales de la entidad fusionada. 

El análisis de códigos postales ha resultado también una indicador adecuado para otros mercados de producto que pueden tener una contratación en el entorno de la sucursal, como son los créditos, depósitos o servicio de cajeros.

Códigos postales en Cáceres

A partir de 18 CCPP en los que se produce solapamiento de las partes en sucursales dentro de la provincia de Cáceres, se ha identificado que en 3 de ellos (CCPP 10630, 10640 y 10830), tras la fusión, solo quedará la nueva entidad y un único competidor.

A pesar de que en estos 3 CCPP de Cáceres la entidad resultante no queda en situación de monopolio, tras comparar productos y condiciones ofrecidos por ambas entidades, la Comisión ha concluido que podrían existir riesgos para los clientes, tales como el aumento de comisiones o de empeoramiento de las condiciones para los actuales clientes de Liberbank en determinados productos.

Compromisos adoptados 

A la vista de los problemas de competencia identificados, Unicaja ha propuesto a la CNMC una serie de compromisos a los que queda subordinada la operación:

 
1)    Riesgo de traspaso de clientes: a este respecto, para los clientes que tengan contratados productos de Liberbank y sean traspasados automáticamente a productos de Unicaja con condiciones comerciales menos ventajosas, sin que exista una transparencia suficiente en las comunicaciones que se les envíe, Unicaja se ha comprometido a: 

o    comunicar a los clientes de Liberbank, de forma transparente, los posibles cambios de condiciones en productos y servicios que sean modificados como consecuencia de la fusión. En particular, comunicará con carácter previo a la implementación de los cambios (i) las nuevas comisiones aplicables como resultado de una modificación de un producto o servicio derivada de la fusión, junto con la información correspondiente sobre las comisiones aplicadas antes de dicho cambio; ii) los productos ofrecidos a los clientes de Unicaja Banco para los que los clientes provenientes de Liberbank cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos y sean equiparables, o mejores, a los productos que tengan contratados en Liberbank; iii) que las modificaciones entrarán en vigor en un plazo mínimo de 60 días en el caso de los clientes personas físicas (consumidores y autónomos) y de 30 días en el caso del resto de clientes; iv) los derechos que tiene el cliente ante un cambio de condiciones, y v) la libertad del cliente para cambiar de entidad bancaria. Este compromiso se garantiza durante 18 meses. 

2)    Riesgo de posible endurecimiento de comisiones y condiciones comerciales: a este respecto, para los actuales clientes de Liberbank en los 3 CCPP de la provincia de Cáceres en los que la entidad resultante se queda en situación de duopolio, Unicaja se ha comprometido a:

o    ofrecer sus productos en condiciones comerciales no peores a las ofrecidas por la entidad resultante en el código postal en el que tenga la mayor presencia física de oficinas de entidades financieras competidoras. Ello se garantiza durante un período de 3 años.


La CNMC ha considerado estos compromisos adecuados para solucionar los problemas de competencia que presentaba la operación, en la medida en que neutralizan o mitigan los riesgos identificados, y vigilará el cumplimiento de los mismos por parte de Unicaja, quien deberá informar a la CNMC en los plazos acordados para ello durante su vigencia.

 

(C/1194/21)

 

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