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La CNMC lanza una consulta pública sobre la Circular por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución en materia de demanda de energía eléctrica
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Energía
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El 25 de enero de 2021 la CNMC publicó el plan de actuaciones 2021-2022, así como la comunicación pública previa relativa al calendario de las circulares de carácter normativo cuya tramitación estaba previsto iniciar en 2021 (ver calendario). En dicha comunicación se indicaban la descripción y objetivos de las normas proyectadas.


Entre otras, figuraba la Circular de metodología y condiciones del acceso y conexión de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.

La regulación del acceso a las redes tiene relevancia tanto para los consumidores como para las Administraciones Públicas. En el caso de los primeros, se trata de una actuación necesaria para atender la demanda de energía eléctrica, mientras que las administraciones competentes son las encargadas de salvaguardar el suministro y sus condiciones. 

Por todo ello, la CNMC considera necesario someter a consulta pública determinados aspectos de esta circular. La CNMC adoptará su regulación de acuerdo con sus competencias según lo establecido en el artículo 33.11 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. 

Contenido de la Circular

A través de esta consulta pública se pretende recabar la opinión o comentarios de cualquier persona, entidad u organización, a efectos de elaborar la citada norma. En la Circular se determinarán, entre otros aspectos: contenido de las solicitudes y permisos, los criterios económicos; los criterios para la evaluación de la capacidad, los motivos para la denegación; el contenido mínimo de los contratos y la obligación de publicidad y transparencia de la información relevante a estos efectos.

Consulta Pública CIR/DE/006/21

El plazo para remitir las observaciones finaliza el 31 de mayo de 2021.

Las alegaciones tendrán carácter público salvo que expresamente se indique lo contrario.

Deberán enviarse a través de la sede electrónica de la CNMC, indicando como órgano de destino la Secretaría del Consejo y el número de expediente CIR/DE/006/21.

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Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.
 

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