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La CNMC modifica varios procedimientos para mejorar el funcionamiento del sistema eléctrico en un contexto de precios elevados
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Energía
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  • Los nuevos mecanismos permitirán a las comercializadoras liberar recursos de las garantías que deben presentar al operador del mercado (OMIE) cuando compran electricidad.
  • Evitarán poner en riesgo la solvencia del mercado y facilitarán la detección temprana de problemas.
  • El aumento de los precios del mercado de electricidad incrementa el coste de las garantías que OMIE exige a los agentes.
  • Esta situación y la dificultad para obtener avales ponen en riesgo la actividad de las comercializadoras, la dinamización del mercado y aumenta el riesgo de impagos.

La CNMC ha aprobado dos resoluciones por las que se modifican las reglas de funcionamiento del mercado eléctrico y los procedimientos de operación del sistema. (DCOOR/DE/013/21-DCOOR/DE/009/21).

Estas decisiones aliviarán las cargas financieras que deben afrontar los agentes (comercializadoras y consumidores directos) cuando realizan sus operaciones de compra y venta de electricidad en el mercado eléctrico, facilitarán la detección temprana de impagos y garantizarán la cobertura de los costes derivados de posibles reducciones de compras en mercado diario.

El pasado 11 de noviembre, la CNMC aprobó la modificación de las reglas de los mercados diario e intradiarios e incorporó un mecanismo de pago anticipado, previo a la emisión de las liquidaciones semanales, que permitirá a las comercializadoras que compran energía en el mercado liberar sus obligaciones de pago antes de la fecha de vencimiento de las facturas. De esta forma, reducen el importe de las garantías que necesitan depositar para operar en el mercado. DCOOR/DE/013/21.

Por otra parte, el pasado 30 de noviembre aprobó la modificación de los procedimientos de operación, que garantiza la cobertura del coste de desvíos debido a desfases entre las compras y los consumos y cubre los potenciales impagos.

Adicionalmente, se habilita la posibilidad de adelantar la liquidación con medidas reales de demanda, lo que permitirá reducir la deuda del sistema, si bien su implementación queda sujeta a la revisión de la regulación de medidas.

Aumento de los precios de la energía

En los últimos meses, el aumento de precios en los mercados de energía de gas y electricidad está tensionando de manera significativa la actividad de los agentes compradores en el mercado, especialmente en el caso de las comercializadoras independientes. Esta situación podría poner en riesgo la viabilidad de muchas de ellas.

En este contexto, un grupo de comercializadores independientes solicitó a la CNMC que revisara el sistema de garantías debido a que cada vez deben afrontar mayores costes por el aumento de precios en el mercado, que les obliga a aportar más garantías al operador del mercado eléctrico (OMIE), y a la dificultad para acceder a avales bancarios.

Dicha solicitud fue trasladada a OMIE, que propuso incluir un mecanismo en el mercado que permita a los agentes compradores (comercializadores, consumidores directos) anticipar total o parcialmente el pago de sus compras, antes de la emisión de la nota de cargo semanal. De esta forma, los comercializadores liberan sus obligaciones de pago antes de la fecha de vencimiento de las facturas y, por tanto, reducen el volumen de garantías necesario para operar en el mercado. Este volumen de garantías, a grandes rasgos, debe cubrir las obligaciones de pago resultantes de la actividad semanal.

Cobertura de desvíos

Por otra parte, se han introducido cambios en los procedimientos de operación que consisten en la aplicación generalizada de una garantía adicional intramensual. Esta permite garantizar la cobertura de los costes derivados de posibles reducciones de compras en mercado diario por parte de los agentes. Adicionalmente, se requiere a los operadores del sistema y del mercado que aúnen esfuerzos en la detección temprana de posibles situaciones de impago. DCOOR/DE/009/21.

Se introduce además un mecanismo de control para asegurar un nivel mínimo de garantías que respalde el aumento del consumo esperado de los sujetos de mercado que incorporan nuevos consumidores a su cartera de clientes. Para ello, se requiere que los distribuidores comuniquen diariamente al operador del sistema la relación mensual de altas y bajas de los puntos de suministro asociados a cada comercializador (la comunicación actual se limita a un envío mensual). Esta medida no supondrá un aumento neto de las garantías exigibles una vez se estabiliza la cartera de clientes y permitirá contener la deuda asociada a la actividad de comercialización.

Por último, se habilita la posibilidad de adelantar cerca de mes y medio la liquidación intermedia con medidas de demanda, lo que permitirá reducir el volumen general de garantías depositadas por los comercializadores, así como la deuda que el sistema financia a los sujetos con mayores desvíos, y reducir a su vez el volumen de futuros impagos.

El adelanto de medidas y comunicación entre distribuidor y operador de sistema descritos en los dos párrafos anteriores quedan sujetos a la adaptación de la regulación de medidas por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Las propuestas tuvieron los respectivos trámites de consulta pública por parte de OMIE y REE, así como por la CNMC. Fueron además remitidas para comentarios a la Direccion General de Política Energética y Minas y, en el caso de las reglas, al Consejo de Reguladores del Mibel. En este contexto, se recibió un amplio respaldo por parte de los sujetos participantes en el mercado.

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