La CNMC inicia tres expedientes sancionadores por incumplimiento del deber de notificación de operaciones de concentración antes de ejecutarlas

21 Abr 2022 | Competencia Nota de prensa
  • Afectan a Albia Gestión de Servicios, S.L.U. (filial del grupo Santa Lucía) que no notificó a la CNMC la adquisición del control exclusivo de las funerarias Funeraria Tanatorio La Paz, S.L. y Tanatorio de Marín, S.L., antes de sus respectivas ejecuciones en 2019. Además, Funespaña, S.A. (filial del grupo Mapfre) tampoco notificó la adquisición del control conjunto de Funeraria San Vicente, S.L. antes de su ejecución en 2018.
  • La Ley de Defensa de la Competencia establece que las empresas que superen determinados umbrales, como en este caso, deben notificar sus operaciones de concentración a la CNMC con carácter previo a su ejecución. 
  • La CNMC requirió a Albia  y a Funespaña que notificaran dichas operaciones que, tras su analisis, fueron aprobadas en primera fase.  
  • Es el tercer  expediente sancionador de este tipo iniciado por la CNMC contra Albia y el segundo contra Funespaña desde febrero de 2021.

 
La CNMC ha incoado (el 18 de marzo y el 7 de abril de 2022) dos expedientes sancionadores contra Albia, filial del grupo Santa Lucía, por no haber notificado las operaciones de adquisición del control exclusivo de las funerarias Funeraria Tanatorio La Paz, S.L. y Tanatorio de Marín, S.L., que fueron ejecutadas en diciembre y septiembre de 2019 respectivamente. 

Asimismo, el 25 de marzo de 2022, la CNMC ha iniciado un expediente sancionador contra Funespaña, filial del grupo MAPFRE, por no haber notificado la adquisición del control conjunto de Funeraria San Vicente, S.L. que fue ejecutada en diciembre de 2018.

El incumplimiento del deber de notificación previa en este tipo de adquisiciones, conocido en el argot de competencia como “gun jumping”, constituye un incumplimiento (artículo 9, apartado primero) de la Ley de Defensa de la Competencia. 

La CNMC requirió de oficio a Albia la notificación de las adquisiciones del control exclusivo de Funeraria Tanatorio La Paz y Tanatorio de Marín el 10 y el 13 de diciembre de 2021 respectivamente y a Funespaña la adquisición del control conjunto de Funeraria San Vicente el 10 de diciembre de 2021, dado que en el momento de su ejecución dichas operaciones superaban el umbral de cuota de mercado que establece la Ley para que las empresas notifiquen una operación de este tipode acuerdo con las definiciones de mercado vigentes en los precedentes del sector funerario cuando se ejecutaron dichas operaciones.

Después de analizar esas operaciones, la CNMC autorizó en primera fase sin compromisos las adquisiciones por Albia del control exclusivo de Funeraria Tanatorio La Paz el 30 de marzo de 2022 (C/1270/22) y de Tanatorio de Marín el 11 de abril de 2022 (C/1271/22), así como la adquisición del control conjunto de Funeraria San Vicente por Funespaña el 30 de marzo de 2022 (C/1267/22). Estas operaciones son objeto ahora de los correspondientes expedientes sancionadores por incumplimiento del deber de notificación.

Es el tercer  expediente sancionador de este tipo iniciado por la CNMC contra Albia y el segundo contra Funespaña desde febrero de 2021.

La incoación de estos expedientes no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un período máximo de 3 meses para la instrucción de los expedientes y su resolución por la CNMC.

 

 
 

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