La CNMC inicia un expediente sancionador contra Xfera Móviles, filial de Másmóvil
- La compañía no notificó a la CNMC la compra del Grupo Ahí+.
- La Ley de Defensa de la Competencia establece que, previamente a ejecutarlas, las empresas deben notificar sus operaciones de concentración a la CNMC si cumplen ciertos umbrales.
- La CNMC requirió a Másmóvil para que notificara la operación de concentración y, tras analizarla, la aprobó en primera fase.
La CNMC ha incoado (el 29 de septiembre de 2022) un expediente sancionador contra Xfera Móviles S.A.U, S.A., filial de Másmóvil Ibercom S.A.U., por no haber notificado la operación de compra del Grupo Ahí+ (Inversiones Locua S.L).
Esta práctica, conocida en el argot de competencia como “gun jumping”, constituye un incumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia (artículo 9, apartado primero), que establece la obligación que tienen las empresas de notificar a la CNMC una concentración antes de ejecutarla.
El 29 de marzo de 2022 la CNMC requirió de oficio a Másmóvil la notificación de la compra del Grupo Ahí+, dado que superaba el umbral de cuota de mercado que establece el artículo 8.1.a de la LDC para que las empresas notifiquen una operación de este tipo.
Concretamente, los umbrales se cumplían en el mercado mayorista de terminación de llamadas en la red fija de Alma Telecom S.L (sociedad que formaba parte del Grupo Ahí+) en España.
El pasado 18 de mayo de 2022, después de analizar la operación, la CNMC autorizó en primera fase, sin compromisos, la citada compra por parte de Másmóvil (C/1292/22) objeto ahora de la incoación de un sancionador por indicios de incumplimiento del deber de notificación.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un período máximo de 3 meses para la instrucción del expediente y su resolución por la CNMC.