La CNMC incluye a Ferrovial Servicios en el sancionador inciado contra varias empresas dedicadas a la conservación y explotación de la red nacional de carreteras

30 Dic 2020 | Competencia Nota de prensa
  • En 2019, la CNMC inició una investigación contra algunas de las principales compañías del sector por posibles prácticas anticompetitivas.
  • Afectarían a las licitaciones que convoca el Ministerio de Fomento para la contratación de servicios en la Red de Carreteras del Estado.
     

La CNMC ha incluido a Ferrovial Servicios como empresa investigada en el expediente S/0013/19 CONSERVACIÓN CARRETERAS.  El 15 de julio de 2019, la CNMC inició un expediente sancionador contra varias empresas por posibles prácticas restrictivas de la competencia en las licitaciones para la contratación de los servicios de conservación y explotación de la Red de Carreteras del Estado convocadas por el Ministerio de Fomento. 

Dicho expediente incluyó a algunas de las principales compañías del sector:: Acciona Mantenimiento de Infraestructuras, S.A. y su matriz Acciona, S.A., Aceinsa Movilidad, S.A., Alvac, S.A., Api Movilidad, S.A. y su matriz ACS, Actividades de Construccion y Servicios, S.A., Asfaltos y Construcciones Elsan, S.A. y su matriz Obrascon Huarte Lain, S.A., Audeca, S.L.U. y su matriz Elecnor, S.A., Elsamex, S.A.U., Ferroser Infraestructuras, S.A. y su matriz Ferrovial, S.A., Innovia Coptalia, S.A. y su matriz Copcisa Corp, S.L., Mantenimiento de Infraestructuras, S.A. y su matriz Fomento de Construccioes y Contratas, .S.A, S.A. de Obras y Servicios Copasa, Senalizaciones Villar, S.A. y Sacyr Conservación, S.A.U. y su matriz Sacyr, S.A.


A la vista la documentación del expediente y la obtenida durante su instrucción, incluida la información recabada en las inspecciones, realizadas en las sedes de algunas de las empresas, la CNMC ha acordado ampliar la incoación del sancionadora la empresa Ferrovial Servicios, S.A., por una posible infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


La ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, y se mantiene vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNMC.


La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello  cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de Clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa y de la no aplicación de la prohibición de contratar con el sector público como consecuencia de la sanción por falseamiento de la competencia, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.

 

 

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