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La CNMC amplía el expediente sancionador por manipulación y reparto de licitaciones relacionadas con el material militar
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Se amplía la incoación a una empresa matriz y 6 directivos. 
  • Investiga acuerdos y el reparto de licitaciones convocadas en España para el suministro, mantenimiento y la modernización del material militar.

 

El 21 de diciembre de 2021 la CNMC incoó expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos para la manipulación y reparto de licitaciones convocadas en España para el suministro, mantenimiento y modernización de material militar, contra Comercial Hernando Moreno, S.L.U. (COHEMO), Grupo de Ingeniería, Reconstrucción y Recambios JPG, S.A. (JPG), Star Defence Logistics & Engineering, S.L. (SDLE), Casli, S.A. (CASLI) y, por responsabilidad solidaria, su matriz Inversiones Certin 5, S.L. (IC5) (S/0008/21)

A la vista de la documentación obtenida durante la instrucción, incluida la información recabada en las inspecciones realizadas en las sedes de las citadas empresas, se ha acordado ampliar la incoación de dicho expediente sancionador a 6 directivos de algunas de estas empresas, en concreto, 3 directivos de SDLE, otros 2 de COHEMO y un directivo de JPG. 

Por otra parte, se ha acordado también la ampliación de la incoación a la empresa Hernando Moreno Cartera de Valores, S.L., por responsabilidad solidaria, al ser ésta la matriz de COHEMO. 

La ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación y se mantiene vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNMC.
La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. 

Para ello se cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de Clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa y de la no aplicación de la prohibición de contratar con el sector público consecuencia de la sanción por falseamiento de la competencia, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.

 

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