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La CNMC analiza el borrador del Real Decreto que completa el régimen jurídico para la tramitación de los cambios de espacio aéreo y los procedimientos civiles de vuelo
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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  • La propuesta regula una serie de procedimientos en el marco de la utilización del espacio aéreo.
  • Afecta a las denominadas “estructuras de espacio aéreo” y a los “procedimientos civiles de vuelo”.
  • Los intercambios de información comercialmente sensible pueden restringir la competencia entre operadores, de modo que la información intercambiada debe ser la indispensable para el fin establecido en la norma proyectada.
     

La CNMC ha publicado el informe que analiza el borrador de Real Decreto por el que se completa el régimen jurídico para la tramitación de los cambios de espacio aéreo y los procedimientos civiles de vuelo. (IPN/CNMC/012/21).

La iniciativa de cielo único europeo se puso en marcha en 1999 con el fin de mejorar el funcionamiento de la gestión del tránsito aéreo y los servicios de navegación aérea mediante una mejor integración del espacio aéreo europeo. 

El Proyecto de Real Decreto (PRD) analizado, regula los procedimientos relativos a dos clases de actuaciones administrativas en el marco de la utilización del espacio aéreo. Por un lado, están las denominadas "estructuras de espacio aéreo", que la normativa europea define como volúmenes de espacio aéreo diseñados para garantizar las operaciones de las aeronaves en condiciones óptimas y de seguridad. Y, por otro lado, se encuentran los "procedimientos civiles de vuelo" que son los destinados a ser seguidos por las aeronaves civiles.

La CNMC valora positivamente los objetivos del PRD, en la medida en que dotan de transparencia y seguridad jurídica a los procedimientos regulados en el mismo y completan el ordenamiento jurídico para posibilitar la aplicación del derecho de la UE en materia de cielo único europeo.

Sin perjuicio de la necesidad de coordinación de estas actuaciones por la seguridad del tráfico aéreo, el informe realiza una recomendación sobre las prácticas de intercambio de información entre operadores. Se recuerda que los intercambios de información comercialmente sensible pueden restringir la competencia entre operadores, de modo que la información intercambiada debe ser la indispensable para el fin establecido en el PRD y no ir más allá.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

(IPN/CNMC/012/21)

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