- El servicio de terminación móvil ya se presta en un entorno de competencia efectiva como consecuencia de la aprobación del Reglamento de la Euro-tarifa, que fija los precios para toda Europa.
- La CNMC, de todas formas, podrá intervenir de inmediato en caso de detectar prácticas anticompetitivas por parte de los operadores.
La CNMC eliminará, en un plazo de 6 meses, las obligaciones impuestas a los operadores (Telefónica Móviles, Vodafone, Orange, Masmóvil y los OMVs completos) en el mercado de terminación a redes móviles (ANME/DTSA/002/22/M2-2014).
El precio de terminación móvil es la tarifa que cobra un operador móvil de red o virtual a cualquier otro operador por terminar las llamadas en su red. La reducción progresiva de los precios mayoristas regulados de terminación móvil ha sido fundamental para fomentar la competencia en el mercado de voz móvil, permitiendo reducciones de precios al usuario final y la progresiva implantación de tarifas planas.
La CNMC lanzó en septiembre de 2022 una consulta pública en la que ya proponía la desregulación del mercado, confirmada ahora mediante la Resolución aprobada el pasado 27 de abril. Es una decisión acorde con la Recomendación de mercados de la Unión Europea al concluir que, en el contexto regulatorio actual marcado por el Reglamento de la Euro-tarifa[1], el servicio de terminación móvil se presta en un entorno de competencia efectiva y, por tanto, las obligaciones en vigor ya no son necesarias.
Con la aprobación del Reglamento de la Euro-tarifa, los precios del servicio de terminación han pasado de ser fijados por cada regulador nacional a ser fijados por la Comisión Europea. Para 2023, el precio de terminación móvil europeo asciende a 0,40 céntimos de euro por minuto, y en 2024 descenderá a 0,20.
Ni la Comisión Europea ni el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (así como el BEREC y otras autoridades nacionales de regulación) han formulado observaciones al proyecto de medida.
La CNMC considera también que tanto la legislación en materia de competencia como la sectorial de telecomunicaciones serán suficientes para abordar adecuadamente potenciales problemas que se pudieran detectar en el mercado.
Las potenciales conductas restrictivas de la competencia serían detectables (por ejemplo, a través de la correspondiente denuncia por parte del operador implicado) y podrían motivar la adopción de medidas por la CNMC.
La CNMC también podría actuar conforme a la normativa sectorial de telecomunicaciones, por ejemplo, a través de los procedimientos de resolución de conflictos.
Las obligaciones impuestas se eliminarán en un periodo de seis meses (a partir de la publicación de la Resolución en el BOE), un plazo de tiempo razonable para asegurar la adaptación de los operadores al nuevo entorno regulatorio, con la excepción de la obligación de presentar una contabilidad de costes regulatoria, cuyo cese es inmediato
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[1] Reglamento delegado (UE) 2021/654 de la Comisión de 18 de diciembre de 2020 por el que se complementa la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de una tarifa única máxima de terminación de llamadas de voz en redes móviles a escala de la Unión y una tarifa única máxima de terminación de llamadas de voz en redes fijas a escala de la Unión.