- La modificación pretende desarrollar el principio de responsabilidad ampliada del productor.
- Considera positivo que la normativa afecte a un mayor número de residuos que clarifique la responsabilidad del productor de forma que abarque todo el ciclo de gestión del residuo.
- Se efectúan recomendaciones para minimizar posibles efectos sobre la competencia.
La CNMC ha elaborado un informe sobre el proyecto normativo que modifica el Real Decreto 1619/2005, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso. (IPN/CNMC/037/19).
La normativa general de residuos (incluida fundamentalmente en la Ley 22/2011) y la regulación específica de neumáticos (RD 1619/2005) introducen una serie de obligaciones para los productores o poseedores de residuos, para los gestores de dichos residuos y también para las Administraciones Públicas.
La gestión de residuos debe garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente. Para ello, las Administraciones Públicas deben seguir la aplicación de un principio de jerarquía en la gestión de estos residuos, de manera que la eliminación debe ser siempre la última opción.
Responsabilidad de los fabricantes
La responsabilidad que tienen los fabricantes de neumáticos se puede cumplir de diferentes formas: realizar directamente la gestión de los neumáticos fuera de uso (NFU) o entregarlos a gestores autorizados; participar en un sistema integrado de gestión; o contribuir económicamente a los sistemas públicos de gestión.
La futura normativa que propone el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico pretende solucionar cuestiones particulares suscitadas por la aplicación del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.
Concretamente, el proyecto de norma pretende mejorar la gestión del residuo producido por los neumáticos que ya no se utilizan y evitar que sigan existiendo actores sin responsabilidad en el proceso, debido al alto impacto medioambiental y sanitario del proceso productivo.
Recomendaciones de la CNMC
La CNMC valora positivamente que se incluya en el régimen de gestión de residuos a los neumáticos de mayor tamaño para cumplir con el principio de responsabilidad ampliada del productor. También, el hecho que se haya clarificado la responsabilidad del productor para que abarque todo el ciclo de gestión del residuo.
No obstante, la CNMC señala otros aspectos de la norma propuesta que considera mejorables:
- Se recomienda evitar el riesgo de que los códigos de buenas prácticas entre los distintos participantes en el proceso de gestión de los neumáticos puedan favorecer comportamientos que limiten la competencia.
- Se recomienda justificar la exigencia de normas UNE para certificar el nivel de calidad y seguridad de los neumáticos usados.
- Se recomienda eliminar la obligación de exhibir el número de registro de productores en documentos comerciales y simplificar las cargas de provisión de la información para los operadores.
- Frente a la utilización de convenios de colaboración entre las entidades locales y las empresas que gestionan puntos limpios para la recogida de residuos, se recomienda el uso de procedimientos competitivos de contratación, que aseguren la transparencia y la concurrencia empresarial.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2.a) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Documentos asociados 1
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