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La CNMC analiza las nuevas medidas para luchar contra el fraude en la facturación empresarial
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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  • Los sistemas de facturación tendrán que cumplir con nuevos requisitos, como que la administración tributaria tenga acceso a ellos en tiempo real.
  • Recomienda analizar los costes que supondrá la medida para las compañías.
  • Advierte de que los plazos de entrada en vigor de las obligaciones son ajustados.

Algunas empresas utilizan los llamados «software de supresión de ventas» para ocultar sus operaciones o modificar sus importes, con el consiguiente fraude para administración tributaria. La normativa para luchar contra el fraude fiscal establece nuevos requisitos en los sistemas electrónicos, programas informáticos y soportes de facturación que deberán utilizar los empresarios y profesionales para desarrollar su actividad.

Las empresas deberán adaptar sus sistemas informáticos para que estos ofrezcan una imagen fiel e íntegra de sus registros contables y permitan a la administración tributaria acceder a su facturación en tiempo real. La administración tributaria podrá desarrollar su propio software alternativo a los programas de las empresas privadas.

El IPN/CNMC/006/23 no cuestiona el objetivo de lucha contra el fraude de las medidas, pero recomienda un análisis pormenorizado de los costes que supondrá para las empresas adaptar sus sistemas de facturación. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) advierte de que, en otros países de la Unión Europea, las medidas se han centrado en los sectores más proclives al fraude o en el uso de incentivos económicos.

Recomendaciones

La CNMC aconseja lo siguiente con respecto a:

  • Los sujetos obligados: asegurar que la normativa no impone obligaciones más gravosas para las pymes y los autónomos que las que existen para las grandes empresas y precisar las causas por las que esta normativa no se aplicaría en ciertos casos individuales.
  • El sistema público de facturación de la Administración tributaria: el desarrollo de este sistema podría suponer un efecto expulsión sobre los desarrolladores privados. Para garantizar la neutralidad de trato, se recomienda clarificar que debe garantizarse la igualdad de acceso a la información y la obligación de repercusión de todos los costes de desarrollo y operación, tanto en la solución pública como en las privadas.
  • La compartición de sistemas informáticos: la nueva normativa permite expresamente que dos o más contribuyentes utilicen un mismo sistema informático, bajo ciertas condiciones. Se recomienda indicar expresamente que el uso compartido no exime de las obligaciones en materia del derecho de la competencia.
  • La entrada en vigor: dado lo ajustado de los plazos previstos, se recomienda plantear la conveniencia de una ampliación.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

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