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Ecoembes tendrá que implantar un sistema que garantice subastas transparentes y competitivas para el reciclaje de residuos de envases
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • La CNMC inició un expediente sancionador contra Ecoembes porque dificultaba la participación con igualdad y transparencia en sus subastas de residuos de envases plásticos. 
  • El caso finaliza mediante una terminación convencional, fórmula excepcional por la que el presunto infractor ofrece compromisos vinculantes para evitar la sanción.
  • Ecoembes realizará procedimientos de adjudicación electrónica que asegurarán la trazabilidad y custodia de las ofertas de otras compañías.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha finalizado el expediente sancionador contra Ecoembalajes España, S. A. por un posible abuso de posición de dominio mediante una terminación convencional (S/0021/21 SUBASTAS DE ECOEMBES).

Esta fórmula, prevista en el artículo 52 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), es un modo atípico de finalizar un expediente sancionador. Los investigados ofrecen, de forma voluntaria, compromisos vinculantes para solucionar el problema de competencia. Evitan así que se declare la infracción y la consiguiente multa (1). 

Origen del sancionador

PET Compañía para su Reciclado, S. A. U. presentó una denuncia contra Ecoembes ante la CNMC. En diciembre de 2021, personal de la Comisión inspeccionó las sedes de Ecoembes y de una empresa recicladora (nota de prensa), y realizó numerosos requerimientos de información a operadores del mercado. 

En octubre de 2022, se inició el expediente sancionador contra Ecoembes por un posible abuso de su posición de dominio (nota de prensa) en  su condición de gestor del único Sistema de Integrado de Gestión de Residuos de envases plásticos (2). 

Sistema de adjudicación

La investigación se centró en el procedimiento de adjudicación que Ecoembes habría utilizado, al menos, desde 2004, sin garantías de transparencia y publicidad. También, en las dificultades para permitir la entrada de otras empresas recicladoras en el mercado de recogida, selección y tratamiento de dichos residuos.

El abuso de la posición de dominio en el mercado es una conducta prohibida en los artículos 2 de la 15/2007, de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

Medidas cautelares

En diciembre del 2022, la CNMC adoptó medidas cautelares (nota de prensa) para paliar provisionalmente los problemas de competencia detectados y asegurar la eficacia de la resolución del expediente sancionador. 

Se determinó que un fedatario público participara y limitara la cantidad que se podía adjudicar a una sola empresa recicladora en los procedimientos de adjudicación de envases ligeros (EELL) y de residuos sólidos urbanos (RSU) de materiales PET y PEAD.

Compromisos de Ecoembes

En marzo de 2023, Ecoembes solicitó la terminación convencional del sancionador con una primera propuesta de compromisos, que fue rechazada al no resolver los problemas de competencia. 

En octubre del 2023, presentó una segunda propuesta de compromisos que, a juicio del Consejo, sí los resolvía: 

  • Ecoembes se compromete a implantar un nuevo procedimiento de adjudicación electrónica. 
  • Se tramitará, en su totalidad, por un proveedor externo e independiente. 
  • Se reducen sustancialmente los plazos de tramitación.
  • Se ofrece la posibilidad a las empresas de mejorar la primera oferta presentada, en una segunda ronda.
  • Se limita a un 40 % el límite máximo de zonas que pueden adjudicarse a un único reciclador en las adjudicaciones de residuos. 
  • Se mejoran las estimaciones de las cantidades objeto de la subasta al incluirse en las Bases de la subasta el último stock de planta conocido. 
  • Se prevén mejoras en relación con el exceso de cantidades finalmente adjudicadas al fijarse un umbral del 15 % respecto a la cantidad licitada, a partir del cual el reciclador tiene derecho a renunciar a ejecutar el contrato en lo que se refiere al exceso que supere ese porcentaje. 
  • Se prevén mejoras relativas a la aceptación de garantías alternativas al aval para participar en la licitación y en relación con los criterios técnicos y económicos necesarios para obtener la homologación.
  • Ecoembes se compromete a crear los registros de penalizaciones, avales y homologaciones para dar mayor transparencia a estas cuestiones.

Las directrices de la Comunicación sobre la terminación convencional de expedientes sancionadores dan una mayor transparencia a este tipo de procedimientos y guían la actuación de la CNMC para resolverlos. 

Contenido relacionado:

  • (S/0021/21 SUBASTAS DE ECOEMBES)
  • Nota de prensa (21/12/2021): La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas en el mercado del tratamiento y reciclado de residuos en España
  • Nota de prensa (5/10/2022): La CNMC inicia un expediente sancionador contra Ecoembes por un posible abuso de su posición de dominio en el mercado
  • Nota de prensa (29/12/2022): La CNMC adopta unas medidas cautelares para garantizar la publicidad y transparencia en las próximas subastas de residuos plásticos PET y PEAD organizadas por Ecoembes
  • Blog CNMC (10/03/2021): Así funciona la terminación convencional: compromisos que evitan multas
  • Comunicación sobre la terminación convencional de expedientes sancionadores

(1) La terminación convencional restablece de forma rápida las condiciones de competencia al resolver los problemas detectados, salvaguardando el bienestar de los consumidores y el interés público. Cumple con el principio de eficacia administrativa, al facilitar una reducción de los trámites de instrucción y acortar la resolución del expediente sancionador.
(2) Los envasadores y comerciantes de producto participan en un sistema integrado de gestión (SIG) de residuos de envases, que garantiza la recogida periódica de gestión de residuos de envases y envases usados. A estos efectos se constituyó Ecoembes como SIG para la gestión de los residuos de envases domésticos ligeros (envases de plástico, papel y cartón, latas y briks). Sus principales funciones son:  acopiar, clasificar y almacenar inicialmente en una instalación autorizada los residuos y entregar, mediante procedimientos de subasta, los residuos para su tratamiento a entidades o empresas autorizadas.

Documentos asociados 2


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