- La Generalitat de Catalunya ha pedido a la empresa Securitas que se dé de baja del registro catalán, al estar ya inscrita en su comunidad de origen.
- La normativa de unidad de mercado evita trámites duplicados y fomenta la cooperación de las autoridades implicadas.
La CNMC ha publicado el resumen sobre sus actuaciones relacionadas con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) durante el mes de junio.
- SEGURIDAD INDUSTRIAL
Las empresas solo deben registrarse una vez (UM/018/25)
La Generalitat de Catalunya ha pedido a la empresa Securitas que se dé de baja del registro catalán, al estar ya inscrita en su comunidad autónoma de origen y constar en el Registro Integrado Industrial (RII).
De esta forma, cumple con el “principio de simplificación de cargas” de la LGUM (artículo 7), que evita trámites duplicados y un exceso de regulación, y se compromete a cooperar con el resto de las autoridades implicadas (artículo 12).
Este principio está previsto en la Ley de Industria (artículo 13.3) y en el Acuerdo decimoctavo de la Conferencia Sectorial de Industria y Pyme (Acta 15/2019), y ya se ha aplicado en sentencias del Tribunal Constitucional (79/2017 y 63/2018) y en informes de la CNMC (UM/097/16).
- FIBRA ÓPTICA
Cuenca debe resolver la solicitud de un operador para desplegar fibra óptica en el municipio de Motilla del Palancar (UM/027/25)
La Unidad de Carreteras del Estado en Cuenca no se ha pronunciado. La falta de resolución expresa impide el ejercicio de la actividad, lo que podría suponer una limitación injustificada. La Unidad debe dictar una resolución para que el solicitante conozca el sentido estimatorio o desestimatorio y, en este segundo caso, cuáles son los motivos para denegar el proyecto de obras presentado.