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La venta de parte de la red de cobre de Telefónica no implica cambiar sus obligaciones como operador con poder significativo de mercado
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Telecomunicaciones
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  • La CNMC concluye que la operación de venta tampoco implica una nueva revisión de los mercados mayoristas relacionados con la red de acceso.

La CNMC concluye que la venta y posterior arrendamiento de un conjunto de cables de cobre de Telefónica no implica ninguna modificación en las obligaciones vigentes de acceso a la red de cobre. Esta operación tampoco es susceptible de dar lugar a una nueva revisión de los mercados mayoristas relacionados con la red de acceso (IRM/DTSA/001/22).

Telefónica notificó hace unos meses a la CNMC la venta y posterior arrendamiento de una parte de su red de pares de cobre, una operación que ha de considerarse formalmente una forma de separación voluntaria, contemplada en el artículo 17 de la LGTel.

La operación consiste en la venta de todos los cables de la red de alimentación de unas centrales determinadas y su inmediato arrendamiento. Se trata de cables de cobre situados entre la CR0 (cámara cero o cámara de acceso a la central) y la última arqueta por el lado del cliente (situada habitualmente cerca del edificio); por tanto, no se trata de cables en los edificios de los usuarios. Telefónica obtiene un ingreso porque realiza la venta de los cables, pero sigue disponiendo de ellos para su actividad porque los alquila, y el comprador obtiene el alquiler pactado y dispondrá de los cables cuando ya no formen parte de la red de Telefónica por completarse el cierre de la central correspondiente.

La CNMC planteó el tema en consulta pública abierta a operadores y otros agentes del sector (entre el 3 de mayo y el 10 de junio).

Del análisis de los acuerdos de venta y arrendamiento se desprende que, hasta que se produzca el cese de las obligaciones regulatorias establecidas para el par de cobre por la CNMC por el cierre de las centrales de cobre, corresponderá exclusivamente a Telefónica seguir proveyendo los servicios mayoristas vinculados a la red tradicional de este operador y contemplados en los mercados de acceso local al por mayor; acceso central al por mayor y acceso de alta calidad al por mayor. El comprador no asume ningún tipo de responsabilidad en materia de explotación, gestión y mantenimiento de los activos, correspondiendo exclusivamente a Telefónica el cumplimiento de las obligaciones que puedan emanar de la normativa sectorial, y en particular, de lo dispuesto en las ofertas de referencia (que establecen los detalles y procedimientos por los que se instrumentaliza la obligación de acceso a los pares de cobre).

Además, Telefónica sigue siendo igualmente responsable de cumplir todos los pasos del procedimiento establecido por la CNMC para el cierre de las centrales de cobre.

Hace unas semanas se notificó la decisión a la Comisión Europea, que comparte las conclusiones de la CNMC de que no es necesario modificar las obligaciones regulatorias establecidas, y de que deben aplicarse las mismas valoraciones a cualquier posible venta posterior de activos de cobre que Telefónica lleve a cabo en condiciones similares.
 

IRM/DTSA/001/22

 

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