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La CNMC requiere a las televisiones para que incluyan en los avances de películas de estreno la calificación de edad
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Telecomunicaciones
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  • Los operadores tienen diez días para cumplir este requerimiento.
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La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha realizado un requerimiento a las televisiones para que emitan los avances de películas de estreno con la calificación de edad que les corresponde. Los operadores tienen diez días para cumplir este requerimiento.

La mayor parte de los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual emiten avances de películas cinematográficas sin la inserción de la calificación por edades otorgada a la película, ni tampoco informan sobre la calificación concreta del avance y su contenido. Además, se ha verificado que varias de estas emisiones han tenido lugar en el horario de protección reforzada de 17 a 20 horas de lunes a viernes y pudiera darse la circunstancia de que el avance de la película perjudique a los menores de 13 años por incluir escenas no adecuadas para ellos.

Esta investigación se ha realizado tras la denuncia presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación sobre los avances de los estrenos de “El renacido”, “Zootrópolis”, “Mejor solteras”, “Zoolander nº2” y “La verdad duele”. Todas ellas fueron emitidas durante febrero y al final de la mismas o bien no aparece la calificación por edades de la películas, o bien se incluye una sobreimpresión de “Pendiente de calificación por edades”.

Los avances de películas de estreno (tráiler) tienen que estar calificados, aunque según el Real Decreto 1084/2015, su calificación no tiene por qué coincidir con la de la película (dado que dependerá de los contenidos concretos elegidos en el tráiler). 

La competencia para otorgar las calificaciones de las películas cinematográficas con anterioridad a su estreno en las salas de cine la ostenta el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA). Las televisiones deben informar sobre la calificación de la película en el supuesto de que el ICAA la hubiera calificado y, en caso contrario, deben indicar que la película está pendiente de calificación.

El incumplimiento de este requerimiento podría dar lugar a la apertura de procedimiento sancionador por infracción grave.

Nota de prensa

 

Resolución
 

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