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La CNMC reitera que la competencia es clave para impulsar el sector industrial español
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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  • Analiza el Anteproyecto de Ley de Industrial, que marcará la estrategia española de los próximos años.
  • Recuerda que las ayudas públicas deben evaluarse en profundidad para evitar efectos indeseados.
  • Recomienda revisar continuamente la regulación y eliminar barreras injustificadas a la competencia.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) recuerda que la competencia es una herramienta esencial para impulsar el sector industrial español en su informe al Anteproyecto de Ley de Industria (IPN/CNMC/001/23).

Algunos objetivos de esta norma se materializarán a través de ayudas públicas, que la CNMC recomienda evaluar en profundidad para evitar que distorsionen el mercado. Además, incide en revisar la regulación para eliminar barreras a la competencia.

Contenido del anteproyecto

La futura norma incluye la Estrategia Española para el Impulso Industrial, con las directrices generales para los próximos años, y crea figuras como la Reserva Estratégica basada en las Capacidades Nacionales de Producción Industrial, para responder a posibles crisis de abastecimiento de productos industriales.

Para fomentar la competitividad y modernizar el sector industrial enumera y regula varias medidas, incluye herramientas como el Visualizador de Suelo Industrial, y fija disposiciones sobre la calidad y seguridad de la industria.

Entre las obligaciones que tendrán los beneficiarios de las ayudas públicas, deberán mantener su actividad productiva durante tres o cinco años.

Mejoras propuestas por la CNMC

La CNMC realiza las siguientes recomendaciones en su informe:

  • Fomentar la competencia y la neutralidad competitiva como principios instrumentales de la estrategia industrial.
  • Mejorar aspectos de los bancos de pruebas regulatorios, con criterios claros y mecanismos para detectar amenazas para la competencia.
  • Clarificar las figuras de colaboración empresarial, para que respeten la normativa de competencia, y de los agentes de ejecución, para reforzar su seguridad jurídica.
  • Justificar las razones de interés general para exigir «una acreditación previa de los organismos de control ante el organismo nacional de acreditación». Si no existen, sustituirlas por una declaración responsable y un control a posteriori.
  • Recurrir a una norma con rango de ley (a través de referencia expresa) cuando sea obligatorio contar con una autorización administrativa.
  • Incluir la obligación de comunicar a la CNMC cualquier hecho o conducta presumiblemente ilícita en el ámbito de la competencia.
  • Definir conforme a los criterios de la Unión Europea (taxonomía conjunta) los beneficios medioambientales que se persiguen con la contratación pública.
  • Evitar exigir titulaciones concretas para ejercer una actividad, salvo que exista una justificación razonada, y optar por exigir los conocimientos y aptitudes necesarios para ello.

Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el artículo 11.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de defensa de la competencia.

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