376/96: Cárteles sidra

Expediente del TDC

Historial del expediente 376/96

Resolución del TDC

La Audiencia Nacional, mediante Sentencia firme de 6 de mayo de 1999, estima parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación de Lagareros de Asturias (ALA) y la Asociación Asturiana de Cosecheros de Manzana Asturiana de Sidra (ACOMASI) contra la Resolución del TDC de 12 de diciembre de 1996 y, mediante Sentencia de 19 de julio de 1999, también firme, el interpuesto por la Asociación Empresarial de Hostelería de Gijón (AEHG) contra la citada Resolución del TDC, que declara la existencia prácticas restrictivas de la competencia prohibidas por el artículo 1.1.a) LDC. La Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de octubre de 2002 declaró no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la citada Sentencia de la Audiencia Nacional. El TDC resuelve que procede la ejecución en sus propios términos de las Sentencias de la Audiencia Nacional, ordenando a ACOMASI, ALA y AEHG el pago de las multas todavía pendientes y la publicación a su costa, en el plazo de un mes, en dos diarios del Principado de Asturias de la parte dispositiva de la Resolución de 12 de diciembre de 1996 y les impone el pago de una multa coercitiva de 1.500 euros por cada día de retraso en cada una de las obligaciones de publicación acordadas.

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Sentencia

Tribunal Supremo

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Sentencia - Desestimación/Inadmisión

Audiencia Nacional - Desestimación/Inadmisión

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Sentencia - Estimación parcial, Firme

Audiencia Nacional - Estimación parcial - Firme

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NÚMERO

376/96

Finalizado

ÁMBITO

  • Competencia

SECTORES

  • DA.1594: elabboración de sidra y bebidas de frutas (obsoleto) (Reglamento CEE no 3037/90)