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La CNMC sanciona con 1,87 millones de euros a ocho fabricantes de postes de hormigón
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Competencia
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  • Algunas de las empresas acordaron fijar precios, intercambiar información sensible y repartirse el mercado.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con 1,87 millones de euros a ocho empresas fabricantes de postes de hormigón por prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia (S/0473/13).
La CNMC considera acreditado que las compañías POSTELÉCTRICA FABRICACIÓN, ROMERO HORMELEC, ADHORNA PREFABRICACIÓN, PREPHOR, XEIXALVO, APLIHORSA, RUBIERA y BUPRE llevaron a cabo prácticas contrarias a la normativa de competencia. Entre las conductas realizadas por algunas de estas compañías se encuentran**: acuerdos para fijar precios, intercambiar información sensible (datos sobre clientes, productos fabricados y precios fijados), repartirse el mercado y repartirse las subastas de las empresas Telefónica, Unión Fenosa, Iberdrola e Hidroeléctrica del Cantábrico. Algunas de estas prácticas se extendieron desde 1985 hasta 2013.

El reparto de la sanción es el siguiente:

ADHORNA PREFABRICACIÓN, S.A. 469.681 euros
PREFABRICADOS Y POSTES DE HORMIGÓN S.A.  441.826 euros
POSTES XEIXALVO S.L. 238.731 euros
POSTELÉCTRICA FABRICACIÓN, S.A. 203.067 euros
APLICACIONES DEL HORMIGÓN S.A. 178.844 euros
BUPRE, S.L. 176.984 euros
ROMERO HORMELEC, S.A. 160.645 euros
RUBIERA PREDISA S.L. 3.334 euros

 

La CNMC considera la lucha contra los acuerdos de reparto de mercado y los cárteles una de sus prioridades de actuación por su efecto nocivo sobre la competencia y los consumidores.
La CNMC cuenta con el programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería. Más información en:
https://www.cnmc.es/ambitos-de-actuacion/competencia/programa-de-clemencia

Por último, la CNMC recuerda que que cualquier persona o empresa que se
considere afectada por las prácticas anticompetitivas descritas en esta Resolución
puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas
conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los
tribunales civiles.

Expediente: S/0473/13

Nota de prensa

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