- La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID) considera que este profesional no puede redactar proyectos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT).
- Vulnera la normativa de unidad de mercado, ya que no ha analizado las características del proyecto junto a la capacitación del titulado.
La CNMC ha publicado el resumen sobre sus actuaciones relacionadas con la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM) durante el mes de octubre.
• RESERVAS PROFESIONALES
La CNMC requiere a la SETID que admita un proyecto de ICT firmado por un ingeniero técnico industrial (UM/057/24)
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID) ha inadmitido un proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicaciones (ICT) por estar firmado por un ingeniero técnico industrial. La CNMC considera que la SETID vulnera el artículo 5 de la LGUM, ya que no ha analizado en profundidad las características del proyecto junto a la capacitación del profesional.
Tanto la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado (SECUM) como la CNMC se han posicionado en otras ocasiones sobre este tipo de reservas profesionales (UM/049/24, UM/052/24, 26/21008 de la SECUM).
Aragón beneficia a los arquitectos y a los arquitectos técnicos en el reparto de subvenciones para mejorar la eficiencia energética (UM/056/24)
El Gobierno de Aragón ha convocado subvenciones, destinadas a entidades locales, para mejorar la eficiencia energética de inmuebles municipales. En los pliegos, solo puntúa aquellos documentos técnicos firmados por arquitectos o arquitectos técnicos. Según la CNMC, la restricción solo afecta a 2 de los 44 puntos evaluables. Además, las entidades que incumplen estos criterios de valoración pueden seguir participando en la licitación. Por tanto, no se está vulnerando la normativa de unidad de mercado.
Los arquitectos son los únicos que pueden firmar proyectos técnicos de cambio de uso de oficinas a vivienda en Fuente Palmera (UM/059/24)
El Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba) señala que los arquitectos son los únicos titulados competentes para redactar un proyecto técnico de cambio de uso de oficinas a vivienda. La CNMC recuerda que el Tribunal Supremo está analizando esta cuestión (recurso de casación número 603/2023), por lo que habrá que esperar a la sentencia.
San Muñoz considera que los arquitectos son los únicos profesionales competentes para firmar proyectos agrarios (UM/060/24)
El Ayuntamiento de San Muñoz (Salamanca) considera que los arquitectos son los únicos titulados que pueden realizar visados para proyectos agrarios. Según la CNMC, si el uso de la construcción es residencial, se cumple la Ley de Ordenación de la Edificación y, por tanto, la LGUM. Sin embargo, si el uso no es residencial, la limitación resulta contraria a la normativa de unidad de mercado.
• QUIOSCOS
La Universidad de Almería exige experiencia previa para poner un quiosco en sus instalaciones (UM/058/24)
Los pliegos exigen, como requisito de solvencia técnica, contar con experiencia previa en la prestación de servicios similares. Esta exigencia no figura en el régimen jurídico andaluz, y ya se ha analizado en otras ocasiones como requisito desproporcionado que vulnera el artículo 5 de la LGUM (RC 2857/2016, UM/019/24). Además, la Universidad no la justifica en ninguna razón imperiosa de interés general.