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La CNMC recomienda revisar las funciones del Instituto de Censores Jurados de Cuentas
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
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  • La auditoría de cuentas es fundamental en una economía de mercado y debe cumplir con altos estándares de calidad, profesionalidad, independencia e integridad.
  • Algunas de las funciones de esta corporación para regular y supervisar el acceso a la profesión de auditor pueden generar conflictos de intereses y reducir la competencia.
     

La CNMC ha analizado el proyecto de real decreto por el que se aprueban los estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, ICJCE (IPN/CNMC/008/23). 

El ICJCE es una corporación representativa de los auditores de cuentas. La norma pretende adaptar sus estatutos a la legislación vigente en materia de auditoría de cuentas. 

La actividad de auditoría de cuentas es fundamental para el buen funcionamiento de una economía de mercado y es fundamental que cumpla elevados estándares de calidad, profesionalidad, independencia e integridad. 

Informes previos (IPN/CNMC/001/15, IPN/CNMC/007/19) de la CNMC advierten  de que atribuir competencias a las corporaciones que representan los intereses profesionales para regular y supervisar el acceso a la profesión y su ejercicio puede generar conflictos de interés y comprometer su independencia e imparcialidad. 

Recomendaciones

La CNMC insiste en estos riesgos, en revisar sus funciones y señala en su reciente informe que:

  • Los estatutos no deben atribuir competencias de supervisión profesional adicionales a lo previsto en la ley y el reglamento de auditoría de cuentas.
  • Deben establecerse medidas suficientes para garantizar que las funciones de regulación y supervisión profesional del Instituto se lleven a cabo conforme a niveles elevados de independencia, objetividad, imparcialidad, deber de secreto y confidencialidad y sujeción a la normativa de defensa de la competencia.
  • Incluir en los estatutos una sujeción expresa a la normativa reguladora del test de proporcionalidad aplicable a la normativa profesional.
  • Revisar la regulación del sello distintivo dado su potencial impacto sobre los precios, incluyendo su carácter obligatorio.
  • Permitir a todos los profesionales capacitados acceder a las actuaciones profesionales solicitadas al ICJCE, sin limitarlo territorialmente.
  • Eliminar la posibilidad de que el ICJCE participe en los honorarios percibidos por sus miembros.

La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Contenido relacionado: 

(IPN/CNMC/008/23).

(IPN/CNMC/001/15)

(IPN/CNMC/007/19)

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Documento no oficial, destinado  a los medios de comunicación, y que no vincula a la CNMC. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.
 

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