Pasar al contenido principal
Volver a Noticias
La CNMC aprueba los criterios para autorizar nuevos servicios ferroviarios que compitan con los de media distancia y de cercanías de Renfe
Sector: Nota de prensa
Ámbito CNMC: Transporte
Compartir
  • La Ley del Sector Ferroviario prevé que a partir de diciembre se liberalizarán los servicios comerciales de tren para viajeros.
  • Se han supervisado los acuerdos que Adif Alta Velocidad ha suscrito con Rielsfera e ILSA, las nuevas empresas que competirán con Renfe en los corredores de alta velocidad española.
  • Los recorridos de estas nuevas empresas que coincidan con trayectos de media distancia sujetos a obligaciones de servicio público no deberán poner en riesgo el contrato entre Renfe y el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana suscrito en 2018.
     

 La Ley del Sector Ferroviario prevé que los servicios de transporte de viajeros por ferrocarril en España se liberalizarán el 14 de diciembre de 2020. De esta forma, nuevas empresas podrán competir en el mercado con los servicios de Renfe y ofrecer viajes de tren a los pasajeros. Actualmente, las compañías ILSA y Rielsfera ya han suscrito acuerdos marco con Adif Alta Velocidad, gestor de la red de ferrocarril española, para utilizar sus infraestructuras. En la resolución aprobada se definen los criterios para autorizar nuevos servicios ferroviarios que compitan con los de media distancia y de cercanías de Renfe. (STP/DTSP/036/19).


La Ley del Sector Ferroviario prevé que los nuevos servicios de pasajeros puedan limitarse cuando pongan en riesgo el equilibrio económico del contrato de servicio público por el que Renfe presta los servicios de cercanías y de media distancia, a cambio de una subvención por parte del Estado. Para ello, se evaluará cómo el nuevo servicio afectará al número de pasajeros que utiliza los servicios de cercanías y de media distancia, a los costes de Renfe para prestar esos servicios o incluso a la compensación que Renfe recibe del Estado por hacerlo. 


Obligación de comunicar los nuevos servicios a la CNMC


Por todo ello, las empresas ferroviarias que vayan a prestar cualquier nuevo servicio de transporte ferroviario de viajeros y que coincida con uno de cercanías o de media distancia deberán comunicárselo con antelación a la CNMC. Además, notificarán los cambios de un servicio de transporte de viajeros ya existente, como, por ejemplo, una nueva parada, incrementos relevantes de las plazas ofertadas o reducciones sustanciales del precio.


Nuevos servicios que coincidan con cercanías y media distancia


En este sentido, Renfe y el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana pueden solicitar a la CNMC que analice si un nuevo servicio de pasajeros afectará al contrato de servicio público de cercanías y de media distancia que tienen firmado desde 2018. 


Para llevar a cabo dicho análisis, la CNMC seguirá los siguientes criterios, según la Resolución aprobada: 

  • La prueba de equilibrio económico permitirá que las nuevas compañías accedan a la red ferroviaria, siempre que Renfe no vea afectados sus ingresos como consecuencia del nuevo servicio ferroviario en más de un 1%,
  • En el caso de que Renfe viera afectados sus ingresos entre un 1 y un 2%, el acceso del candidato a la red ferroviaria para realizar el servicio ferroviario comunicado estará condicionado a que el porcentaje de viajeros nuevos generados supere el 30% de los viajeros totales.
  • Finalmente, el resultado de la prueba de equilibrio económico será la denegación del acceso del candidato a la red ferroviaria, cuando Renfe vea afectados sus ingresos en más de un 2%.

Para establecer los umbrales anteriores se analizará el contrato de servicio público y si el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana debe compensar a la empresa ferroviaria y en qué proporción. Además, se comprobará que la remuneración a Renfe no supera el beneficio razonable establecido en el marco regulatorio. 


Por otra parte, en el caso de que se concluya que el nuevo servicio ferroviario es beneficioso para los usuarios o para el funcionamiento de la red, la CNMC señalará al Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana las modificaciones que podrían introducirse en su contrato de Servicio Público con Renfe para garantizar que se cumplen las condiciones para conceder el acceso del candidato.


Finalmente, en caso de que se concluya que el nuevo servicio de transporte de viajeros pueda comprometer el equilibrio económico del contrato de servicio público, la CNMC señalará a la empresa ferroviaria los cambios que debe introducir en el nuevo servicio de transporte de viajeros (en la frecuencia, los surcos, las paradas intermedias o la programación), para poder acceder a la red ferroviaria. 

Tanto ILSA como Rielsfera han comunicado ya a la CNMC que prestarán servicios ferroviarios que coinciden con itinerarios sujetos a obligaciones de servicio público[1] .

[1]https://www.cnmc.es/ambitos-de-actuacion/transporte/nuevos-servicios-ferroviarios

STP/DTSP/036/19

Documentos asociados 1 Icono flecha hacia abajo Icono X para cerrar


Documento no oficial, destinado a los medios de comunicación y que no vincula  a la CNMC. El texto íntegro de la Resolución se publica en el sitio CNMC y se puede consultar mediante el vínculo que figura en la nota de prensa. Reproducción permitida solo si se cita la fuente.

¿Te ha sido útil esta información?